GAMBOA/SERVICIOS EQUIFAX CHILE LIMITADA
Rol
Fecha
14 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Adolfo Barrientos Vásquez, egresado de derecho, en favor de Yubitza Del Carmen Gamboa Bustos, e interpone acción de protección en contra de Servicios Equifax Chile Ltda., representada legalmente por su Gerente General Carlos Ellis Johnson Lathrop, ambos domiciliados en Calle Isidora Goyenechea Nº 2800, Piso 26, Comuna de Las Condes; por el acto ilegal y arbitrario que afecta las garantías constitucionales de la Constitución Política de la República del artículo 19 Nº 2, esto es “La igualdad ante la ley” y el artículo 19 Nº 24 esto es “El derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales”, y algunas normas de la Ley N° 19.628, y de la Ley N° 20.575. Expone que el 13 de agosto de 2021, a fin de ver su historial crediticio y el gráfico del predictor de riesgo, es que solicitó a la recurrida, mediante su página web, un informe gratuito ordenado por el artículo 3 inciso final de la Ley N° 20.575, sin embargo alega que dicho certificado no es uno de carácter comercial, por lo que se tiene por probado de forma expresa que la recurrida ha negado el acceso a los datos personales informados, señalando expresamente en su propia página web que para obtener mayor información comercial debe comprar el informe Platinium 360° por un valor de $15.900, agregando que solicitó personalmente, un requerimiento como lo ordena el artículo 12° de la Ley N° 19.628, requerimiento que el propio Equifax pone a disposición del usuario. Alega que el actuar de la recurrida vulnera las garantías constitucionales consagradas en los numerales 2 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental. En el mismo sentido indica que el caprichoso e infundado proceder de la recurrida radica en que sin mayores antecedentes está desconociendo la Ley N° 19.628 y la Ley N° 20.075, puntualmente, los derechos que otorga a la persona de conocer sus datos personales. Cita jurisprudencia en el sentido que indica. En razón
Fundamentos
Considerando además que el recurrente fijó domicilio en Santiago y que la acción de protección no constituye una acción popular, sino que corresponde al directamente lesionado con el acto u omisión que se reclama, no se aprecia bajo qué respecto pudiere encontrarse legitimado para efectuar la alegación territorial vulneratoria en comento. Noveno: Que, luego de lo dicho, teniendo en consideración lo solicitado en el petitorio del arbitrio de marras, esto es, que “Se ordene a la recurrida la entrega, sin costo, de un reporte que incluya la totalidad de los datos financieros de que se disponga de la recurrente”, se evidencia con el informe acompañado a la presentación por la recurrida, que se ha dado cumplimiento al informe aludido en el artículo 12° de la Ley Nº 19.628, y como se dijo, no resulta procedente exigir a la recurrida la entrega de un informe con mayores datos que aquéllos establecidos en la norma. En consecuencia, la situación denunciada por esta vía no se encuentra vigente, por lo que esta Corte no vislumbra vulneración actual de los derechos constitucionales que se acusaron transgredidos, ni tampoco medida que se pueda adoptar. Décimo: Que, atendido lo anterior, dada la naturaleza cautelar y el objeto de este recurso de protección, aparece que el presente arbitrio ha perdido oportunidad, y a mayor abundamiento, tampoco existió vulneración a los derechos fundamentales de la recurrente; de modo tal que esta Corte no se encuentra en situación de adoptar medida alguna a favor de la parte que recurre, conclusión que impone necesariamente su rechazo.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia se rechaza, sin costas el recurso de protección interpuesto en favor de Yubitza Del Carmen Gamboa Bustos en contra de Servicios Equifax Chile Limitada. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad archívese. N° Protección N°38.390-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de abril de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Adolfo Barrientos Vásquez, egresado de derecho, en favor de Yubitza Del Carmen Gamboa Bustos, e interpone acción de protección en contra de Servicios Equifax Chile Ltda., representada legalmente por su Gerente General Carlos Ellis Johnson Lathrop, ambos domiciliados en Calle Isidor
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