TÉLLEZ/CELIA QUELIN EIRL
Rol
Fecha
14 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada,
Fundamentos
considerandos y citas legales. Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que, los pagos invocados por el apelante se realizaron con posterioridad a la notificación y requerimiento de pago, según consta en los documentos acompañados en la instancia, lo que descarta la procedencia de la excepción de pago de la deuda, sin perjuicio, que deban ser considerados al practicar la correspondiente liquidación del crédito. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 470 del Código del Trabajo, se CONFIRMA, la sentencia apelada de veinticuatro de febrero de dos mil veintidós. Regístrese y comuníquese. Rol 44 – 2022 LAB.
Texto Completo (Preview)
Valdivia, catorce de abril de dos mil veintidós. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, considerandos y citas legales. Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que, los pagos invocados por el apelante se realizaron con posterioridad a la notificación y requerimiento de pago, según consta en los documentos acompañados en la instancia, lo que descarta la procedencia de la excepción de pago de la deuda,
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica