SIN INFORMACION

RIVERA MAURELIA PABLO JAVIER/4° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

14 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO: PRIMERO: Que comparece Catalina María Leiva Ochoa, abogada, en representación de Pablo Javier Rivera Maurelia, actualmente en prisión preventiva en el C.D.P. Santiago Uno, por resolución dictada por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT N° 1534-2022, interponiendo acción constitucional de amparo en contra del referido tribunal, por haber rechazado el 13 de marzo del presente año la solicitud de la Defensa de suspender el procedimiento en virtud del artículo 458 del Código Procesal Penal. Expone que el 13 de marzo de 2022 se realizó audiencia de control de la detención y formalización en contra de su representado, se declaró legal la detención y fue formalizado como autor de los delitos consumados de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar y amenazas simples. En dicha oportunidad, indica, la Defensa solicitó la suspensión del procedimiento en virtud del artículo 458 del Código Procesal Penal, dando cuenta de los antecedentes que lo justifican: En causa RUC 2000769309-6, del mismo tribunal, se realizó audiencia de suspensión del procedimiento el 24 de noviembre de 2020, en que se ordenó oficiar al Hospital Horwitz para que elaborara un informe sobre facultades mentales, sin que haya otra audiencia o diligencia posterior. En esa misma causa, está acompañado un certificado del COSAM de Las Condes, que informa al tribunal que el amparado había sido ingresado a ese Centro y estaba recibiendo atenciones y controles con médico psiquiatra en forma quincenal, registrando asistencia regular y adherencia al tratamiento, recibiendo farmacoterapia para enfermedad bipolar y, que los estados agresivos exhibidos correspondían a episodios de embriaguez patológica, que ceden al atenuarse los efectos de esta sustancia. Refiere que se hizo presente que la defensa de esa causa y con ese antecedente solicitó la audiencia de suspensión, y que el recurrente había ingresado voluntariamente a internación en el Hospital Horwitz. Igualmente, relata, se hizo presente

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de amparo interpuesto por la abogada doña Catalina María Leiva Ochoa, en favor de Pablo Javier Rivera Maurelia, en contra del 4° Juzgado de Garantía de esta ciudad y a objeto de restablecer el imperio del derecho y asegurar los derechos fundamentales del amparado, se dispone la suspensión del procedimiento RIT N° 1534-2022, del 4° Juzgado de Garantía de Santiago; se deja sin efecto la prisión preventiva del imputado Pablo Javier Rivera Maurelia, decretada en dichos autos con fecha 13 de marzo pasado; y se ordena la internación provisional del mismo en un establecimiento asistencial psiquiátrico que pueda dar atención a su situación médica, decisión que deberá ser implementada de inmediato por el 4° Juzgado de Garantía, disponiendo las coordinaciones institucionales que resultan indispensable al efecto. Comuníquese inmediatamente lo resuelto por la vía más rápida. Regístrese y archívese en su oportunidad. Amparo N° 748-2022. Pronunciada por la Segunda Sala, integrada por la Ministro señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, el Ministro (S) señor Enrique Faustino Duran Branchi y el Abogado Integrante señor David Peralta Anabalon. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, catorce de abril de dos mil veintidós, se notificó por

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de abril de dos mil veintidós. Proveyedo el escrito folio 11: A todo, téngase presente. VISTO: PRIMERO: Que comparece Catalina María Leiva Ochoa, abogada, en representación de Pablo Javier Rivera Maurelia, actualmente en prisión preventiva en el C.D.P. Santiago Uno, por resolución dictada por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT N° 1534-2022, interp

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