SIN INFORMACION

YAEGER/: CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Rol

Fecha

14 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2°) Que los hechos descritos en la presentación sobrepasan los márgenes del recurso interpuesto, toda vez que se recurre contra la toma de razón de un acto administrativo efectuada por la Contraloría General de la República, situación que se contrapone con la naturaleza cautelar de la acción de protección, razón por la cual no será admitido a tramitación; sin perjuicio de los procedimientos judiciales y administrativos aplicables al caso. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, se declara inadmisible el interpuesto al folio 1. Acordada la inadmisibilidad con el voto en contra Ministro (S) señor Pedro Advis Moncada, quien fue del parecer de acoger a tramitación de la presente acción constitucional, por estimar que se ha dado cuenta de hechos que podrían configurar una vulneración de garantías constitucionales. Archívese.  N°Protección-19852-2022. (ccc) Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Marisol Andrea Rojas Moya e integrada por la Ministra señora Inelie Durán Madina y por el Ministro (S) señor Pedro Advis Moncada.

Fallo

fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales, se declara inadmisible el interpuesto al folio 1. Acordada la inadmisibilidad con el voto en contra Ministro (S) señor Pedro Advis Moncada, quien fue del parecer de acoger a tramitación de la presente acción constitucional, por estimar que se ha dado cuenta de hechos que podrían configurar una vulneración de garantías constitucionales. Archívese.  N°Protección-19852-2022. (ccc) Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Marisol Andrea Rojas Moya e integrada por la Ministra señora Inelie Durán Madina y por el Ministro (S) señor Pedro Advis Moncada.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago rls Santiago, catorce de abril de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitu

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