DIRECCION DE OBRAS MUNICIPALES MUNICIPALIDAD DE ESTACION CENTRAL - COMERCIALIZADORA E INVERSIONES VIVES LTDA.
Rol
Fecha
13 de abril de 2022
Materia
SIN MATERIA
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de su fundamento Quinto. Y TENIENDO, EN SU LUGAR, PRESENTE: Que conforme se colige del mérito de la prueba documental allegada al proceso en esta instancia, analizada conforme a las reglas de la sana crítica, es posible tener por acreditado que el hecho que motivó la denuncia, esto es, construcción y vivienda colectiva irregular sin permiso municipal, resultó posteriormente enmendada por la denunciada, quien ha acreditado que cuenta con los permisos respectivos y la recepción de obras otorgada por la Dirección de Obras de la Municipalidad de Estación Central, por lo que en tal escenario procesal corresponde rechazar íntegramente la denuncia contravencional y, consecuentemente, absolver de dicho cargo a Comercializadora e Inversiones Valenzuela Vives Limitada. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se revoca la sentencia apelada de fecha veintisiete de febrero de dos mil diecinueve escrita de fojas 16 a 19, en cuanto condena a Comercializadora e Inversiones Valenzuela Vives Limitada a la multa de 20 unidades tributarias mensuales y en su lugar se declara que se la absuelve de la denuncia infraccional. Regístrese y devuélvase la competencia. N°Policia Local-3437-2019. Pronunciada por la Segunda Sala, integrada por el Ministro señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, el Ministro (S) señor Enrique Faustino Duran Branchi y el Abogado Integrante señora Cecilia Latorre Florido. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, trece de abril de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se revoca la sentencia apelada de fecha veintisiete de febrero de dos mil diecinueve escrita de fojas 16 a 19, en cuanto condena a Comercializadora e Inversiones Valenzuela Vives Limitada a la multa de 20 unidades tributarias mensuales y en su lugar se declara que se la absuelve de la denuncia infraccional. Regístrese y devuélvase la competencia. N°Policia Local-3437-2019. Pronunciada por la Segunda Sala, integrada por el Ministro señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, el Ministro (S) señor Enrique Faustino Duran Branchi y el Abogado Integrante señora Cecilia Latorre Florido. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, trece de abril de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de abril de dos mil veintidós. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de su fundamento Quinto. Y TENIENDO, EN SU LUGAR, PRESENTE: Que conforme se colige del mérito de la prueba documental allegada al proceso en esta instancia, analizada conforme a las reglas de la sana crítica, es posible tener por acreditado que el hecho que motivó la denun
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