C/ CRISTIAN EDUARDO SOTO VERGARA
Rol
Fecha
13 de abril de 2022
Materia
CONDUCCION SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 196 D LEY 18.290
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes y por no haber comparecido a la audiencia a la que fue citado el imputado con el objeto de ser oído, y tampoco haber acreditado con anterioridad el pago de la suma de dinero a que se obligó en beneficio del Cuerpo de Bomberos de Lo Espejo, se confirma la resolución apelada de fecha 22 de febrero pasado, dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago en los autos RIT 2983-2021. Acordado con el voto en contra de la Ministra (s) Sr. Ana María Osorio Astorga, del parecer de revocar la decisión en alzada toda vez que en su opinión no se cumple con los presupuestos previstos en el artículo 239 del Código Procesal Penal, que requiere la presencia del imputado a la audiencia respectiva para efectos de justificar el mero incumplimiento, más aun teniendo presente lo previsto en el artículo 298 del citado cuerpo legal que establece su derecho a declarar en cualquiera de las etapas del procedimiento. Comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-902-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de abril de dos mil veintidós. A los folios 6 y 7: a todo, téngase presente. Visto y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes y por no haber comparecido a la audiencia a la que fue citado el imputado con el objeto de ser oído, y tampoco haber acreditado con anterioridad el pago de la suma de dinero a que se obligó en beneficio del Cuerpo de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica