SIN INFORMACION

AGUAYO CHIPANA WALTER/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - 7° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO - SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIONES

Rol

Fecha

13 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Comparece don Pedro Marcelino Lasso Nieto, abogado, en nombre y representación de don Walter Aguayo Chipana, ciudadano peruano, e interponer acción constitucional de amparo en contra de la Subsecretaría del Interior de quien depende el Servicio Nacional de Migraciones, órgano perteneciente al Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Señala que el 15 de febrero de 2008, el amparado ingresa a Chile en calidad de turista, obteniendo posteriormente visa de permanencia temporal. Que tanto su esposa, como su hija obtuvieron la permanencia definitiva en Chile. Refiere que el 01 de Junio de 2011, en causa ordinaria R.U.C N° 1000271752-8, R.I.T N° 9347-2010, del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, el amparado es condenado por el delito de abuso sexual reiterado consumado del artículo 366 bis del Código Punitivo, en calidad de autor, a la pena de tres años de presidio menor en su grado medio, más las accesorias legales del artículo 30 del citado Código y accesoria especial del artículo 372 del mismo cuerpo legal, concediéndosele el beneficio de remisión condicional por tres años. Indica que le fue denegada su solicitud de visa de permanencia definitiva, ante lo cual interpuso reconsideración, el cual es rechazado el 11 de noviembre de 2015, mediante Resolución Exenta N° 200.643 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, disponiéndose por primera vez el abandono del país “en atención a que registra antecedentes negativos en el país”. Dicha resolución le es notificada el 02 de marzo de 2017, es decir 1 año y 4 meses después de ser pronunciada. Refiere que el 18 de octubre de 2016, la Secretaria Regional Ministerial de Justicia y Derechos Humanos de la Región Metropolitana de Santiago, dictó la Resolución Exenta N° 1585, mediante la cual se resolvió considerar a Walter Aguayo Chipana, como si nunca hubiere delinquido para todos los efectos legales y administrativos, respecto de la Causa Rol N° 9.347/2010 RUC 1.000.271.752-8 del 7° Juzgado de Garantía de Santiago. Expresa que el 06 de junio de 2019, mediante Resolución Exenta N° 152.877, del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se rechazó la solicitud de regularización migratoria en un proceso extraordinario, presentada por el amparado, manteniéndose vigente la medida de abandono dispuesta mediante la Resolución Exenta N° 200.643. Expone que el 12 de Septiembre de 2019, mediante Oficio Ordinario N° 74.974, el recurrente fue citado por el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior, a fin de informarle que se encontraba infringiendo las normas del D.L 1.094 de 1975 y que presentara documentación suficiente a efectos de aclarar sus antecedentes judiciales junto a antecedentes de sus vínculos familiares y sustento económico en el país; lo cual el amparado cumplió, iniciándose un proceso extraordinario de revisión por parte de la autoridad migratoria. Hace presente que el 26 de agosto de 2020 se tuvo

Fallo

por tanto, no debió aplicársele la letra c) de la Resolución Exenta N°1769 de 2021, invocada en su Decreto de Expulsión de fecha 18 de enero de 2022. Agrega que la resolución infringe igualmente el artículo 135 de la Ley N° 21.235 por cuanto el amparado se encuentra cumpliendo la pena accesoria del artículo 372 del Código Penal hasta el 26 de agosto de 2030, y según dicho artículo se suspenderá la medida de expulsión de los extranjeros que estuvieren cumpliendo su pena de conformidad a lo dispuesto en la ley Nº 18.216. Considera infringido igualmente el artículo 129 de la Ley 21.235, por cuanto no se dio cumplimiento a los numerales 4 a 7 de dicha norma. Estima vulnerado el artículo 19 n° 7 de la Constitución Política de la República. Alude al principio de protección de la familia. Finalmente, estima vulnerado el artículo 44 de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias. Solicita se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 22072058 de fecha 18 de enero de 2022, del Servicio Nacional de Migraciones, mediante la cual se dispuso la orden de expulsión del país del amparado. Segundo: Que informa doña Pilar Andrea Ahumada Otárola, jueza del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, quien señala que la causa RIT 9347 – 2010 RUC 1000271752-8, seguida ante dicho tribunal, se encuentra concluida por sentencia ejecutoriada de 1 de junio de 2011, mediante la cual se condenó a Walter Aguayo Chipana, cédula de ide

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C.A. de Santiago Santiago, trece de abril de dos mil veintidós. A los escritos folios 35 y 36: a todo, téngase presente. Vistos y considerando: Primero: Comparece don Pedro Marcelino Lasso Nieto, abogado, en nombre y representación de don Walter Aguayo Chipana, ciudadano peruano, e interponer acción constitucional de amparo en contra de la Subsecretaría del Interior de quien depende el Servicio

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