BANCO DE CHILE/JUZGADO DE POLICÍA LOCAL CERRO NAVIA
Rol
Fecha
13 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece Alberto Sordo Bisbal, abogado, en representación de Banco Estado, en autos sobre Ley 20.009 que se siguen en el Juzgado de Policía Local de Cerro Navia, caratulados "BANCO DE CHILE con MUNOZ POBLETE” causa Rol Nº 225.283-3 e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 4 de febrero del año 2022, dictada por el Juez don Jorge López Pinochet del Juzgado de Policía Local de Cerro Navia, quien se negó a resolver el recurso de reposición y de apelación subsidiario deducidos por su parte en contra de la resolución que declaró su incompetencia para conocer de la acción intentada. Señala que el tribunal inferior comete un error, al no proveer y, en definitiva, negar lugar a la apelación deducida en escrito de 21 de enero de 2022, pues conforme a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, es posible deducir apelación en contra de sentencias definitivas y aquellas que ponen término al juicio y en este caso, el tribunal por resolución de 5 de enero de 2022, se declaró incompetente para conocer de la acción deducida y tal resolución pone término al juicio. Afirma que si bien la apelación se dedujo en forma subsidiaria al recurso de reposición interpuesto, ello no obsta a la procedencia del recurso y en caso de que el tribunal mantuviera su decisión de incompetencia, debería haber concedido el recurso de apelación. Pide declarar admisible el recurso de apelación interpuesto por su representada. SEGUNDO: Informando el recurrido don Jorge López Pinochet señala que el Banco de Chile dedujo demanda al tenor de la Ley Nº 20.009 en contra de Gabriel del Carmen Muñoz Poblete la que fundamenta en la existencia de “dolo o culpa grave” del demandado en operaciones financieras al tenor del artículo 5 y más adelante que posee “antecedentes que permiten concluir que el fraude se cometió por dolo o culpa grave del usuario”. Refiere que conforme lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de la Ley Nº 20.009 que tipifican las c
Fallo
Por estas consideraciones, y atendido lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287, se acoge el recurso de hecho interpuesto en contra de la resolución dictada el día 4 de febrero de 2022 y, en consecuencia, se declara que se concede el recurso de apelación interpuesto por la demandante con fecha 21 de enero de 2022, en contra de la resolución dictada el día 5 de enero de 2022 por el Juzgado de Policía Local de Cerro Navia, quien deberá remitir los autos a esta Corte de Apelaciones para su tramitación y fallo, debiendo agregarse copia de esta resolución en dichos autos. Regístrese y archívese. N°Policia Local-307-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de abril de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece Alberto Sordo Bisbal, abogado, en representación de Banco Estado, en autos sobre Ley 20.009 que se siguen en el Juzgado de Policía Local de Cerro Navia, caratulados "BANCO DE CHILE con MUNOZ POBLETE” causa Rol Nº 225.283-3 e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 4
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