BANCO DE ESTADO DE CHILE/SEPÚLVEDA
Rol
Fecha
13 de abril de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes, que la complementación solicitada por el tribunal respecto de la demanda interpuesta por el ejecutante excede de un pronunciamiento estricto de admisibilidad, y teniendo presente además lo establecido en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución en alzada, de fecha 14 de Marzo de 2022, escrita a folio 2 y en su lugar se declara que el tribunal deberá pronunciarse derechamente sobre la admisibilidad de la demanda en los términos que mandata el artículo 442 del Código de Procedimiento Civil modificado por la Ley N° 21.394. No firma el Ministro Titular don Jorge Pizarro Astudillo, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por encontrarse con permiso del artículo 347 del Código Orgánico de Tribunales. Devuélvase. Rol Civil 315-2022
Fallo
se declara que el tribunal deberá pronunciarse derechamente sobre la admisibilidad de la demanda en los términos que mandata el artículo 442 del Código de Procedimiento Civil modificado por la Ley N° 21.394. No firma el Ministro Titular don Jorge Pizarro Astudillo, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por encontrarse con permiso del artículo 347 del Código Orgánico de Tribunales. Devuélvase. Rol Civil 315-2022
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, trece de abril de dos mil veintidós. Vistos: El mérito de los antecedentes, que la complementación solicitada por el tribunal respecto de la demanda interpuesta por el ejecutante excede de un pronunciamiento estricto de admisibilidad, y teniendo presente además lo establecido en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución en alzada, de fe
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