1º JUZGADO CIVIL DE PUERTO MONTT

/MALDONADO

Rol

Fecha

13 de abril de 2022

Materia

LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA PERSONA NATURAL

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes que obran en la causa, compartiendo la argumentación de la jueza a quo, en el sentido de que el crédito con garantía estatal -como el verificado por el Banco Scotiabank Chile- se encuentra regulado por la ley N°20.027 por lo que, en razón de su especialidad, no le es aplicable el procedimiento de liquidación voluntaria regulado en la Ley N°20.720 conforme lo prevé su artículo 8; se confirma, sin costas, la resolución en alzada de fecha ocho de febrero de dos mil veintidós, escrita a folio 8 del cuaderno de incidente general en autos concursales del Primer Juzgado Civil de Puerto Montt Rol C-3216-2021 que tuvo por excluido el crédito del Banco Scotiabank Chile. No firma la Ministra doña Ivonne Avendaño Gómez, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo en la presente causa, por encontrarse con feriado legal. Devuélvase por interconexión. Rol Civil N° 221-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, trece de abril de dos mil veintidós. Vistos: El mérito de los antecedentes que obran en la causa, compartiendo la argumentación de la jueza a quo, en el sentido de que el crédito con garantía estatal -como el verificado por el Banco Scotiabank Chile- se encuentra regulado por la ley N°20.027 por lo que, en razón de su especialidad, no le es aplicable el procedimiento de liquidación

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica