SIN INFORMACION

BENÍTEZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

13 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1 comparece don Ernesto Manríquez Mendoza, abogado, quien recurre de protección a favor de Yasneri Coromoto Benítez Pérez, profesional, venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria, conculcatoria de los derechos consagrados en los numerales 2º, 7 y 16 del artículo 19 de la Carta Fundamental, que importaría la falta de pronunciamiento de la recurrida sobre la solicitud de permanencia definitiva de la recurrente, realizada el 10 de marzo de 2020, según explica. Agrega que como tiene su cédula de identidad vencida, hay ciertas actuaciones de la vida diaria que no puede realizar, como identificarse ante la autoridad, comprar bienes raíces o automóviles, tomar créditos hipotecarios, viajar fuera del país si temor a ser retenido por la autoridad, etc. Estima que esta omisión en el pronunciamiento infringe el principio de celeridad de los órganos de la administración del estado previsto en los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880, y con ello las garantías fundamentales consagradas en los numerales 2, 7 y 16 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicita que esta Corte, restableciendo el imperio del derecho, ordene a la recurrida el pronunciamiento de rigor. Acompaña documentos al recurso. A folio 5, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción, por los argumentos que expone. Señala que mediante Resolución Exenta N°26299 de 29 de marzo de 2022, su parte le otorgó el permiso de permanencia definitiva a la actora, por lo que el recurso ha perdido oportunidad. Agrega que el certificado respectivo pues ser descargado en el portal de tramites de la página web https://tramites.extranjeria.gob.cl. Por tal motivo, indica que la autoridad administrativa ha cumplido con dar tramitación regular y progresiva al expediente de solicitud de permanencia definitiva de la actora, sometiéndolo a la tramitación estándar establecida en el Reglamento de Extranjería, y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva de la actora. Segundo: Que, del mérito de la Resolución Exenta N° 26299, de 29 de marzo de 2022, del Servicio Nacional de Migraciones, acompañada por la recurrida, consta que se otorgó permiso de residencia definitiva en el país a la actora, razón por la cual no existe a la fecha acto que enmendar por la presente acción, atendido que la tramitación de la solicitud mencionada se encuentra concluida, motivo suficiente para rechazar la acción, por haber perdido oportunidad.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza el recurso de protección deducido por Yasneri Coromoto Benítez Pérez, en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por haber perdido oportunidad. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-13297-2022. En Valparaíso, trece de abril de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, trece de abril de dos mil veintidós. Visto: A folio 1 comparece don Ernesto Manríquez Mendoza, abogado, quien recurre de protección a favor de Yasneri Coromoto Benítez Pérez, profesional, venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria, conculcatoria de los derechos consagrados en los numerales 2º, 7 y 16 del artícu

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica