SIN INFORMACION

ALIRIO PERDOMO BECERRA / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA DE CHILE

Rol

Fecha

13 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que comparecen los abogados Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, quienes interponen recurso de protección en favor de don Alirio José Perdomo Becerra, nacional de Venezuela, domiciliado en Álvarez de Toledo N° 764, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por don Álvaro Bellolio Avaria, domiciliado en Matucana N° 1223, comuna de Santiago, Región Metropolitana, con motivo de la omisión, que estiman ilegal y arbitraria, de pronunciamiento respecto de la solicitud de permanencia definitiva presentada el 6 de noviembre de 2020. Exponen que su representado ingresó al país en calidad de turista, modificando su situación migratoria a residente temporario, con el propósito de establecer y desarrollar su proyecto de vida en Chile. Indican que el 6 de noviembre de 2020 solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva. Agregan que recibió notificación de pago de los derechos correspondientes, lo cual realizó el 8 de febrero de 2022. Reclaman que a la fecha de interposición del recurso, la autoridad migratoria no se ha pronunciado de forma definitiva respecto de su solicitud. Sostienen que debido a la omisión arbitraria e ilegal por parte de la autoridad migratoria, se ha visto afectado el principio de igualdad respecto del recurrente, consagrado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con los principios de celeridad y de economía procedimental que informan el actuar de los órganos de la Administración del Estado, desde que se ha excedido el plazo de seis meses establecido en el artículo 27 de la Ley N° 19.880. Piden, en definitiva, que se ordene al recurrido se pronuncie sobre la solicitud de permanencia definitiva, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Segundo: Que comparece doña Camila Cortés Palma, abogada del De

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San Miguel, trece de abril de dos mi veintidós. Vistos: Primero: Que comparecen los abogados Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, quienes interponen recurso de protección en favor de don Alirio José Perdomo Becerra, nacional de Venezuela, domiciliado en Álvarez de Toledo N° 764, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, en contra del Departamento de Extranjería y Migració

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