MINISTERIO PUBLICO C/ MAYKOL VINCE VALDOVINO VALVERDE
Rol
Fecha
12 de abril de 2022
Materia
LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.
Resultado
REVOCADA V/C PZF
Hechos
VISTO: PRIMERO: Conforme los antecedentes expuestos por los intervinientes en estrado, el requerimiento deducido en contra de Maykol Vince Valdovino Valverde,lo fue por el delito de lesiones menos graves en conformidad a los dispuesto en el artículo 399 en relación al artículo 494 n° 5, ambos del Código Penal y artículo 5 de la Ley N° 20.066. SEGUNDO: Que la Ley N° 19.968 y particularmente sus artículos 81 inciso segundo, 82 y 84 vienen en determinar un sistema integrado de normas que hacen que la acción penal derivada de hechos constitutivos del delito de lesiones leves y menos graves cuando se producen en el contexto de violencia intrafamiliar, no requieren para su persecución la necesaria denuncia previa de la víctima conforme al artículo 54 letra a) del Código Procesal Penal. TERCERO: Que en efecto, el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 19.968 dispone que: “La demanda o denuncia podrá ser deducida por la víctima, sus ascendientes, descendientes, guardadores o personas que la tengan a su cuidado. La denuncia, además, podrá hacerse por cualquier persona que tenga conocimiento directo de los hechos que la motiven, a quien le será aplicable lo establecido en el artículo 178 del Código Procesal Penal. No obstante, la denuncia de la víctima le otorgará la calidad de parte en el proceso.”, norma que deja en evidencia que tratándose de actos de violencia intrafamiliar, cualquiera de los sujetos allí mencionados se encontraban habilitados para denunciar, a lo que debe agregarse que tratándose de Carabineros en virtud de lo dispuesto en el artículo 84 de la misma Ley y lo previsto en el artículo 175 letra a) del Código Procesal Penal, al haber tomado conocimiento de aquellos hechos, estaban obligados a denunciar, y por lo tanto el Ministerio Público se encontraba, del mismo modo habilitado para ejercer la acción penal. CUARTO: Que el propio artículo 81 de la Ley 19.968 viene en ratificar lo anterior en el sentido que no puede limitarse la aplicación de la norm
Fallo
se declara que deberá el Juez deberá fijar fecha y hora para proceder a la preparación del juicio oral simplificado. Acordada con el voto en contra del ministro don Pablo Zavala Fernández, quién fue de opinión de confirmar la resolución en comento, por estimar que en la especie, tal como concluyó acertadamente el juez de primer grado, se carece de un requisito de procesabilidad, para que se pueda dar curso a la acción penal, no siendo posible interpretar de manera extensiva el instituto del artículo 82 de la ley especial de violencia intrafamiliar, para un caso acaecido en el contexto de una dinámica de dos hombres adultos que se trenzaron a golpes y se causaron lesiones leves, no mediando denuncia y ni siquiera haber prestado declaración, quien el ente persecutorio posiciona como víctima, previa instancia particular que constituye un requisito sine qua non, que exige la letra a) del artículo 54 del Código Procesal Penal. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 162-2022 Penal.
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Arica, doce de abril de dos mil veintidós. VISTO: PRIMERO: Conforme los antecedentes expuestos por los intervinientes en estrado, el requerimiento deducido en contra de Maykol Vince Valdovino Valverde,lo fue por el delito de lesiones menos graves en conformidad a los dispuesto en el artículo 399 en relación al artículo 494 n° 5, ambos del Código Penal y artículo 5 de la Ley N° 20.066. SEGUNDO: Q
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