MARÍN/TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Rol
Fecha
11 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don José Ignacio Marín Abuin, quien interpone acción constitucional de protección en contra Tesorería General de la República, representada por don Hernán Frigolett Córdova, por el acto que estima arbitrario e ilegal, consistente en mantener con la entidad una deuda anterior al procedimiento concursal al que se sometió, todo lo cual lo vulnera en ámbitos resguardados por la garantía fundamental del número 4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Sostiene su acción, explicando que, debido a su estado de insolvencia, el 18 de febrero de 2019 presentó una solicitud de liquidación voluntaria de bienes, bajo el rol C-764-2019 ante el 2° Juzgado de Letras de Chillán, señalando estado de deudas y entre los acreedores figuraba el Banco Scotiabank, acompañando el respectivo certificado de deuda. Con fecha 3 de julio de 2020 se dictó resolución indicando conclusión del proceso, la que se encuentra firme y ejecutoriada, produciendo los efectos referidos en el artículo 255 de la Ley 20.820. Procedió a notificar a sus acreedores que debía ser eliminado de sus registros como deudor. La mayoría de ellos reconoció el efecto extintivo de la resolución de término. Sin embargo, el 10 de septiembre de 2021, obtuvo un informe de deuda fiscal de la página web de la recurrida, tomado conocimiento que mantiene la deuda correspondiente al crédito con aval del Estado, la que fue incluida en la solicitud de liquidación voluntaria por lo que el actuar de Tesorería resulta ilógico. A mayor abundamiento, la notificación en el Boletín Concursal de la resolución de liquidación deja de manifiesto que la entidad recaudadora estaba en conocimiento del proceso, lo que hace inexplicable que siga informando la extinguida deuda. Acusa que los hechos descritos importan una afectación grave a la garantía consagrada en el numeral 4 del articulo 19 de la Carta Fundamental, de respeto a la vida privada y honra en el momento que inform
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de José Ignacio Marín Abuin, en contra de la Tesorería General de la República. Regístrese y comuníquese. N°Protección-39701-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, once de abril de dos mil veintidós. Al folio 16: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don José Ignacio Marín Abuin, quien interpone acción constitucional de protección en contra Tesorería General de la República, representada por don Hernán Frigolett Córdova, por el acto que estima arbitrario e ilegal, consistente en mantener con la enti
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