SIN INFORMACION

/MIMISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE CHILE

Rol

Fecha

11 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que Daniel Castillo Uslar, abogado, interpone recurso de amparo en nombre y a favor de Jessica Emileth Blanco Cedeño, de nacionalidad venezolana, en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, a causa del cierre y rechazo del procedimiento de solicitud de responsabilidad democrática de la amparada, afectando la garantía contenida en el artículo 19 N° 7 de la Carta Fundamental. Expresa que la amparada el 8 de febrero de 2020 ante el Consulado de Chile en Venezuela solicitó Visa de Responsabilidad Democrática adjuntando todos los antecedentes necesarios, fijando fecha para la entrevista y entrega de documentación para el 25 de enero de 2021, Asevera que, en el caso de la amparada, la acción se interpone en virtud del acto ilegal y arbitrario de cierre masivo de la solicitud de Visa de Responsabilidad Democrática. Destaca que, la amparada tiene familia directa en el país y tiene los medios económicos para solventar los gastos, a través de su familia que reside en Chile. Estima vulnerada la libertad personal de la amparada, toda vez que, la recurrida ordenó el cierre general del procedimiento de solicitudes de visa de responsabilidad democrática y el rechazo niega la posibilidad de hacer ingreso a través de los mecanismos establecidos por la propia autoridad frente a la crisis humanitaria y migratoria que existe en Venezuela, y con ello lograr la preservación del núcleo familiar. Solicita se acoja la presente acción, en el sentido de ordenar a la recurrida que dé curso a la solicitud de visa de responsabilidad democrática de la amparada, que se otorgue prioridad máxima en el otorgamiento de citas para que la amparada puedan consignar los documentos ante el Consulado de Chile en Caracas en el menor tiempo posible. En caso de no ser posible reanudar el proceso inmediatamente debido a la contingencia necesaria, se solicita que la reanudación del proceso se realice en brevísimo plazo una vez pueda darse curso al proceso de visa de res

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia se acoge la acción constitucional interpuesta, por lo que se deja sin efecto la decisión que dispuso el rechazo de la solicitud de Visa de Responsabilidad Democrática de doña Jessica Emileth Blanco Cedeño, debiendo la repartición pública recurrida dentro de un plazo de diez días, citar a la mencionada amparada al Consulado correspondiente a su domicilio actual, a fin de que presente la documentación requerida, y resolver la solicitud de visa a la ampara de la legislación vigente a la fecha en que se interpuso la aludida petición, dentro de igual plazo. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-934-2022. Pronunciada por la Segunda Sala, integrada por el Ministro señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, el Ministro (S) señor Enrique Faustino Duran Branchi y el Abogado Integrante señor David Peralta Anabalon. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, once de abril de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de abril de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que Daniel Castillo Uslar, abogado, interpone recurso de amparo en nombre y a favor de Jessica Emileth Blanco Cedeño, de nacionalidad venezolana, en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, a causa del cierre y rechazo del procedimiento de solicitud de responsabilidad democrática de la amparad

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