M.P C/ BRIAN MICHEL AZOCAR QUEZADA
Rol
Fecha
11 de abril de 2022
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Oídos los intervinientes y teniendo presente que en el actual estado procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito por el cual se ha formalizado investigación y la participación del imputado Brian Michel Azocar Quezada en el mismo. Además, en cuanto a la letra c) del mismo artículo, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza y gravedad de la pena asignada al ilícito materia de la formalización, circunstancias de su comisión y el bien jurídico protegido. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de treinta de marzo del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Brian Michel Azocar Quezada. Devuélvase. N°942-2022-Penal.
Texto Completo (Preview)
Fecha: once de abril de dos mil veintidós. Sala: Segunda. Rol Corte: 942-2022. RUC: 2200301422-7. RIT: 2339-2022. Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto. Fiscal: Magdalena Balart Salvat. Defensor: Rodrigo Deichler Oradini. Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Imputado: Brian Michel Azocar Quezada. Escritos proveídos en audiencia: 2. San Miguel, once de abril de dos mil veintidós.
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica