JUZGADO DE GARANTIA DE TALAGANTE

MP. C/ JOSÉ JAVIER ESPINOZA FUENTES Y JOSÉ GONZALO BARO AEDO. QTE: INSTITUTO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS.

Rol

Fecha

9 de abril de 2022

Materia

TORMENTOS A DETENIDOS POR EMPLEADO PÚBLICO.ART.150 A.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes y teniendo presente que en el actual estadio procesal se observan antecedentes suficientes que permiten dar por acreditados los presupuestos materiales establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación a los delitos materia de la formalización de la investigación y la eventual participación de los imputados en los mismos, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la gravedad y naturaleza de los ilícitos, y bienes jurídicos protegidos de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de cuatro de abril del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Talagante, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de José Javier Espinoza Fuentes y José Gonzalo Baro Aedo. Devuélvase, vía interconexión. N° 934-2022 Penal.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, nueve de abril de dos mil veintidós. Sala: Quinta-Zoom. Rol Corte: 934-2022-PENAL Ruc: 190124470-0 Rit: 5661-2021 JUZGADO DE GARANTÍA DE TALAGANTE Ministro de fe: M. Isabel Saavedra Reyes Ministerio Público: Gamal Massú Haddad Defensor: Ángelo Sánchez Valenzuela Querellante: Camila Sánchez Oliveros Imputados: JOSÉ JAVIER ESPINOZA FUENTES y JOSÉ GONZALO BARO AEDO Tipo de Recurso: Apel

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica