SIN INFORMACION

HÉCTOR ALEJANDRO NAVARRO ARAYA / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

9 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1, comparece Iván Navarro Morales, deduciendo acción de amparo a favor de Héctor Alejandro Navarro Araya, privado de libertad, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por su no incorporación en la lista de beneficiarios. Indica que por sentencia del 3 de Junio del año 2013 del Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar, condenó al amparado a 10 años y 1 día de presidio menor en su grado medio, por el delito de Robo con intimidación. Luego de cumplido el tiempo de pena efectiva para acceder al beneficio de Libertad Condicional, Mediante RA N° 198-2018, de la referida, cumpliendo los requisitos de la ley 18.216 accedió al beneficio de Libertad Condicional. Seguidamente, expone que con fecha 1º de Enero del 2019 celebró contrato indefinido de trabajo con Erika Ancalao Quilapi, en el Establecimiento ubicado en calle Luis Hurtado 220, paradero 10, Achupallas, cumpliendo las funciones de carnicero. Luego, conforme a informe enviado por el Centro de Apoyo para la Integración Social, a Vs Iltma. Corte, por Oficio N° 415-2020/LC de fecha 25/05/2020, se revocó el beneficio de la Libertad Condicional, en la cual, se señala el incumplimiento por no concurrencia. En consecuencia, se encuentra recluido desde el 2 de Julio del 2020, cumpliendo el saldo de la pena impuesta en el Complejo Penitenciario de Valparaíso. Por lo expuesto, solicita se acoja la presente acción, a fin de ser ingresado en los listados de beneficiarios de la Libertad Condicional, otorgando dicho beneficio. A folio 4, informa el Ministro Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, don Alejandro García Silva, haciendo presente que la Comisión no confecciona las nóminas de postulación al beneficio de libertad condicional, tarea que la ley encomienda a Gendarmería de Chile. Sin perjuicio de ello, indica que el amparado, se encuentra incluido en los listados entregados por la Dirección Regional de Gendarmería de Chile, para ser revisados en la sesión del primer semestre de 2022, p

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, el amparado funda la presente acción, en que no fue postulado al proceso de Libertad Condicional del presente semestre, contrariando con dicho actuar la normativa vigente, lo que torna en ilegal su privación de libertad. Segundo: Que, por su parte, evacuando informe el Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, refiere que se presentó al Sr. Navarro como postulante al primer proceso de libertad condicional, por lo que su solicitud será revisada, información concordante con lo señalado por el Director Regional de Gendarmería, quien refirió que el recurrente ha sido postulado por el H. Tribunal de Conducta del Complejo Penitenciario de Valparaíso en el proceso del Primer Semestre del año 2022; razón por la cual no existe a la fecha acto que enmendar por la presente acción.

Fallo

Por lo expuesto, solicita se acoja la presente acción, a fin de ser ingresado en los listados de beneficiarios de la Libertad Condicional, otorgando dicho beneficio. A folio 4, informa el Ministro Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, don Alejandro García Silva, haciendo presente que la Comisión no confecciona las nóminas de postulación al beneficio de libertad condicional, tarea que la ley encomienda a Gendarmería de Chile. Sin perjuicio de ello, indica que el amparado, se encuentra incluido en los listados entregados por la Dirección Regional de Gendarmería de Chile, para ser revisados en la sesión del primer semestre de 2022, por lo que su solicitud será revisada. A folio 6, informa el Director Regional de Gendarmería de Chile, señalando que el interno recurrente ha sido postulado por el H. Tribunal de Conducta del Complejo Penitenciario de Valparaíso en el proceso del Primer Semestre del año 2022. A folio 8, se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: Primero: Que, el amparado funda la presente acción, en que no fue postulado al proceso de Libertad Condicional del presente semestre, contrariando con dicho actuar la normativa vigente, lo que torna en ilegal su privación de libertad. Segundo: Que, por su parte, evacuando informe el Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, refiere que se presentó al Sr. Navarro como postulante al primer proceso de libertad condicional, por lo que su solicitud será revisada, informaci

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de abril de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparece Iván Navarro Morales, deduciendo acción de amparo a favor de Héctor Alejandro Navarro Araya, privado de libertad, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por su no incorporación en la lista de beneficiarios. Indica que por sentencia del 3 de Junio del año 2013 del Tribunal Oral en lo Pena

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