1°Jdo. de Letras de San Fernando

A.F.P. PROVIDA S.A. CON MARIO ESTANISLAO PADILLA VALENZUELA

Rol

P-333-2019

Fecha

26 de marzo de 2020

Materia

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 29 de Abril de 2019, Don Luis Felipe Escobar Reyes, en calidad de representante legal de la ejecutante A.F.P Provida, interpuso demanda ejecutiva de Cobro de Cotizaciones Previsionales por un monto de $184.640 más reajustes, intereses, recargos y costas, en contra de Don Mario Estanislao Padilla Valenzuela, Rut. 4.314.574-6, acompañando en su oportunidad las resoluciones 81165813 de fecha 03 de Abril de 2019, donde figuran los periodos correspondientes al monto adeudado y señalado precedentemente.- SEGUNDO: Que con fecha 20 de Noviembre de 2019, Don Germán Octavio Reyes Leva en calidad de representante legal del ejecutado, interpone excepción de pago, señalando, que a su representado se le demanda el el pago de cotizaciones, reajustes, intereses y recargos por los periodos de Agosto y Septiembre del año 2015, en relación a las cotizaciones de los trabajadores don Manuel Antonio Durán Rojas, y Don Hugo Hernán Padilla Díaz, por lo que acompañó en su momento los siguientes documentos: a).- TR M2 Declaración y no pago de Obligaciones previsionales IPS (ex inp), los cuales indica, corresponden al periodo de remuneración del mes de Agosto del año 2015, Número de Folio: 0000000126780908. También acompañó el documento denominado Tr Ax Anexo Trabajadores, donde señala que figuran trabajadores que se indican precedentemente, los que indicarían que sus cotizaciones correspondientes al periodo Agosto de 2015 fueron declaradas electrónicamente en PreviRed.com el 09 de Septiembre de 2015, y pagadas el 06 de Enero de 2016 en SERVIPAG, según timbre de caja impreso. Agrega que además, se acompañará el respectivo comprobante de pago emitido por dicha empresa recaudadora.- b) Acompañó también el documentos denominados Tr M2 declaración y no pago de obligaciones previsionales IPS (EX inp), indicando que corresponden al periodo de remuneración del mes de Septiembre del año 2015, número de folio: 0000000128122162. Acompañó también el documento denominado Tr Ax anexo trabajadores, entre los que figuran los trabajadores señalados precedentemente, alegando que dan cuenta que sus cotizaciones correspondientes al periodo Septiembre de 2015, fueron declaradas electrónicamente en PreviRed.com el 13 de Octubre de 2015, y pagadas el 06 de Enero de 2016, en SERVIPAG, conforme a timbre de caja impreso. TERCERO: Que con fecha 22 de Noviembre de 2019 se le dio traslado a la parte ejecutante respecto de la excepción opuesta por la ejecutada, así como KGFPXXXFE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl también se le ordenó a dicha parte que en cuanto al documento ofrecido en el N° 3, es deci

Fallo

se resuelve, que: I.- Se rechaza la excepción de pago opuesta por la parte ejecutante, por lo que se debe proseguir con el cumplimiento. II.-Se condena en costas a la ejecutada, por haber sido totalmente vencida. Regístrese, y en su oportunidad, archívese. RIT: P-333-2019 RUC: 19-3-0129261-1 En San Fernando a veintiséis de marzo de dos mil veinte , se notificó por el estado diario la resolución precedente. o r m 2020-03-26T13:19:27-0300

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San Fernando, veintiséis de marzo de dos mil veinte . VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 29 de Abril de 2019, Don Luis Felipe Escobar Reyes, en calidad de representante legal de la ejecutante A.F.P Provida, interpuso demanda ejecutiva de Cobro de Cotizaciones Previsionales por un monto de $184.640 más reajustes, intereses, recargos y costas, en contra de Don Mario Estanislao Padilla Va

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