SIN INFORMACION

PÉREZ/PALMA

Rol

Fecha

8 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: 1°.- Que, comparece doña JEANETE PAULINA PÉREZ PALMA, quien interpone Recurso de Protección en contra de doña ROSA HORTENSIA PALMA SALDIAS, por realizar el acto ilegal y arbitrario consistente en la instalación de fosa séptica en el costado de su pozo de agua, el cual utiliza para el consumo humano, vulnerando así las garantías de los numerales 1, 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Funda su recurso en que es dueña de un inmueble rural ubicado en Sector Montebello, Parcela N° 46, Lote C, sin número, de la comuna de Coihueco, en cuyos costados norte y sur, junto a su hermano, construyeron dos pozos profundos con los cuales abastecen de agua sus casas para consumo personal y para realizar todas las tareas propias del hogar. Añade que el día 21 de septiembre de 2021, la recurrida, que es vecina colindante a su sitio, comenzó a ejecutar las obras de construcción de una zanja para la instalación de una fosa séptica a tan solo 2 metros de uno de los pozos. Desconoce si ella adquirió una parcela al costado de su terreno, o si solo se encuentra autorizada por la antigua dueña de la Parcela N° 46, doña Hortensia Saldías Reyes. Hace presente que, en un principio, se intentó comunicar con la recurrida para buscar una solución a la problemática, pidiéndole que reubicara su fosa séptica en otro sector de su terreno, y que no estuviera tan cerca de su pozo, pero ella persistió en su actitud de construir la fosa en dicha localización. Estima que, con su actuar, la recurrida pone en peligro su vida, integridad física, psíquica y salud, toda vez que al estar tan cerca de sus pozos, es lógico que los desechos que escurran por los drenes de una fosa séptica contaminarán las napas. Señala desconocer si la recurrida pretende atenerse a algún tipo de reglamentación o solo pretende realizar un denominado “pozo negro” muy utilizado en zonas rurales y que no cumplen con ningún tipo de reglamentación sanitaria, vulnerando así los derechos consagrados

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de protección interpuesto por JEANETE PAULINA PÉREZ PALMA en contra de ROSA HORTENSIA PALMA SALDIAS. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, regístrese y, hecho, archívese. Redacción a cargo del señor Fiscal Judicial, don Solón Vigueras Seguel. No firma el ministro señor Arias Córdova, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse ausente haciendo uso de licencia médica. ROL 2163-2021-PROTECCIÓN (GRA)

Texto Completo (Preview)

Chillán, ocho de abril de dos mil veintidós. Visto: 1°.- Que, comparece doña JEANETE PAULINA PÉREZ PALMA, quien interpone Recurso de Protección en contra de doña ROSA HORTENSIA PALMA SALDIAS, por realizar el acto ilegal y arbitrario consistente en la instalación de fosa séptica en el costado de su pozo de agua, el cual utiliza para el consumo humano, vulnerando así las garantías de los numerales

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica