SOLICITANTE: CAQUES PEREIRA, FREDDY CATALICIO
Rol
Fecha
8 de abril de 2022
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Se reproduce la sentencia en consulta, con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos décimo segundo al décimo quinto que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: Primero: Que el artículo 78 del Código de Minería, establece un plazo fatal de quince meses desde la manifestación para presentar el acta y plano de mensura de la pertenencia respectiva. Segundo: Que, en la especie, dicho plazo se inició el 8 de abril del año 2019 y se cumplió el 8 de julio de 2020. Tercero: Que, el solicitante pidió ampliación del plazo de quince meses. Dicha petición se fundamentó en la imposibilidad de acceder al predio por oposición de los dueños del terreno superficial. Tal petición fue concedida contándose además con la aquiescencia del SERNAGEOMIN. Cuarto: Que, la sentencia elevada en consulta justifica la ampliación de plazos concedida en base a lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley 21.226 y la dificultad de la realización de una diligencia de carácter técnico, que requiere la actuación del perito y el apoyo de personal. Quinto: Que, estos sentenciadores discrepan del argumento expuesto por la Juez A quo para prorrogar plazos fatales, toda vez que la ampliación de plazo concedida no se fundamentó en razones relacionadas con los inconvenientes derivados de la dictación del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, declarado por decreto supremo Nº 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, sino que en otros antecedentes ajenos a tal circunstancia, como son el hecho de haber existido una oposición. Se debe tener en consideración, por otra parte, que el plazo legal se inició el día 8 de abril de 2019, época de plena normalidad, a contar de la cual transcurrió una gran cantidad de meses hasta la época en que se planteó la petición de ampliación de plazo, lapso en el cual, bien pudieron haber sido previstas o anticipadas las circunstancias en que se fundamentó dicha petición, considerando la fatalidad de los plazos que rigen la materia. Por último, cabe consignar que la actividad minera se ha considerado esencial durante el periodo de emergencia sanitaria, de modo que no ha existido un impedimento real para la realización de la mensura, que justifique una nueva extensión del plazo. Sexto: Que, en consecuencia, conforme a lo dispuesto en los artículos 237 y 78 del Código de Minería, se estima que en la especie se ha incurrido en una causal de caducidad establecida en el inciso 1° del artículo 86 del precitado Código de Minería, por no haberse dado cumplimiento a la diligencia de entrega del acta y plano de mensura dentro del plazo legal y fatal de quince meses.
Fallo
Por lo expuesto y conforme a lo señalado en los artículos 78, 82, 86 y 237 del Código de Minería, SE REVOCA la sentencia consultada de veintiséis de noviembre de dos mil veintiuno y en su lugar se declara que se acoge la solicitud de caducidad presentada por don Juan Vargas Salaverry en representación de John Alexander Logan y, en consecuencia, se declara la caducidad de los derechos emanados de la manifestación de autos, ordenando la cancelación de las respectivas inscripciones. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Espinosa, quien estuvo por aprobar la sentencia en consulta, por compartir los fundamentos de expuestos en la resolución que se revisa. Regístrese y devuélvase. Rol 1073-2021.- Civil.
Texto Completo (Preview)
Caques Pereira, Freddy Catalicio Manifestación Minera Rol N° 1073-2021 (ROL N° 159-2019 del Juzgado de Letras de Vicuña) La Serena, ocho de abril de dos mil veintidós. VISTOS: Se reproduce la sentencia en consulta, con excepción de sus fundamentos décimo segundo al décimo quinto que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: Primero: Que el artículo 78 del Código de Minería, establec
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica