SIN INFORMACION

OSORIO IBARRA CARLOS ANTONIO/MUNICIPALIDAD DE MAIPU

Rol

Fecha

8 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos y en particular, del pronunciamiento de la Contraloría General de la República y por acompañados los antecedentes fundantes del recurso, ordenado como trámite previo de resolver la admisibilidad de la acción constitucional promovida. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales; 2°) Que los hechos descritos en la presentación de folio 1, sobrepasan los márgenes del recurso de protección, pues con el mérito de lo expresado en la decisión de la Contraloría General de la República que sirve de sustento al recurso, se desprende que este no se dirige en contra de un acto terminal, sino que es un acto de trámite o intermedio que forma parte de un procedimiento complejo, condiciones en las que tiene aplicación la norma de inadmisibilidad establecida en el Nº 2 del auto acordado respectivo. Y de conformidad, además, con lo señalado en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se declara inadmisible el interpuesto en lo principal de folio 1. Archívese. N°Protección-3410-2022. (ccc) Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra señora Marisol Andrea Rojas Moya e integrada por la ministra señora Carolina Brengi Zunino y por la ministra señora Inelie Durán Madina.

Fallo

fallo del recurso de protección, se declara inadmisible el interpuesto en lo principal de folio 1. Archívese. N°Protección-3410-2022. (ccc) Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra señora Marisol Andrea Rojas Moya e integrada por la ministra señora Carolina Brengi Zunino y por la ministra señora Inelie Durán Madina.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago. Santiago, ocho de abril de dos mil veintidós. Al folio 3: téngase por aclarada la fecha de ocurrencia de los hechos y en particular, del pronunciamiento de la Contraloría General de la República y por acompañados los antecedentes fundantes del recurso, ordenado como trámite previo de resolver la admisibilidad de la acción constitucional promovida. Vistos y teniendo presente: 1

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica