RODRÍGUEZ/MEDINA
Rol
Fecha
7 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Comparece don Esteban Rodríguez González, y doña María Paz Balbontín Urtubia, como su mandataría, y recurre de protección en contra de doña Alejandra Medina Baeza, jefa de sucursal de A.F.P. Hábitat Moneda #818 y de don Henry Vásquez Montecino, Vicepresidente Ejecutivo de Servicios de A.F.P. Hábitat. Señala que con fecha 16 de junio de 2021 le escribió a doña Ximena Holtheuer Vergara -abogada de Fiscalía de A.F.P. Hábitat-, solicitándole orientación en el ingreso de mandatos (con facultades para operar en su cuenta 2 de Hábitat), vía electrónica o remota para su revisión, validación o rechazo, quien le señalo “respecto a los poderes, sin tenerlos materialmente, no es posible validarlos”. Dada la respuesta anterior, refiere que con fecha 19 de julio de 2021 acudieron presencialmente a sucursal Moneda #818, con el objeto de ingresar mandato judicial y previsional por escritura con firma electrónica con facultades para operar en su cuenta 2 de Hábitat, como las de cobrar, retirar y percibir. Que en esa ocasión, el ejecutivo de Hábitat don Cesar Reyes Muñoz les solicitó mandato material y digital -entregándole impresión y documento vía correo electrónico-, quien les comunicó que la revisión del mandato se efectuaría en el plazo de 10 días hábiles, y que su validación o rechazo debían consultarla asistiendo nuevamente a la misma sucursal. Relata que fecha 02 de agosto de 2021, acudieron a la sucursal Moneda #818, para consultar sobre el mandato, instancia en la cual, el ejecutivo les informa verbalmente que debían presentar mandato original físico, del que es custodio el Notario, quien solo entrega copias autorizadas. Expone que ante ello, solicitó atención y pronunciamiento escrito de la jefa de agencia como dispone “el compendio”. Que se le acercó una ejecutiva a quien le explico la imposibilidad legal y fáctica de operar mediante mandato original que exigían, y que en definitiva se efectuara el retiro de su cuenta 2, por cuanto además de la escritura otorgada a su mandataria, el presencialmente, así lo autorizaba. Que el proceso lo interrumpe la jefa de agencia doña Alejandra Medina Baeza, a la que en definitiva requirió pronunciamiento formal respecto al mandato. Que la jefa de sucursal negó pronunciamiento o rechazo formal de las facultades otorgadas a su mandataria porque no se acompañó mandato original, posteriormente requirió la intervención de don Henry Vásquez Montecino, quien ratificó la decisión de la jefa de sucursal y además, solicitó la asistencia de Carabineros, denunciando que se había identificado como funcionario de la PDI. Aduce que de acuerdo al Libro III, Título I, Letra J), Capítulo IV del compendio de la Superintendencia de Pensiones, la Jefa de Agencia es la encargada de aprobar o rechazar mandatos, debiendo entregar por escrito la causa que origina el rechazo dentro de los 3 días hábiles siguientes a su presentación, plazo que no se cumplió. Que se le exigió innecesaria concurrir de forma presencia
Fallo
se resuelve: Que se rechaza el recurso de protección interpuesto por Esteban Rodríguez González y María Paz Balbontín Urtubia en contra de AFP Habitat S.A. y de sus trabajadores Alejandra Medina Baeza y Henry Vásquez Montecino, respectivamente. Se previene que la Fiscal Judicial señora Carrasco, fue de parecer de condenar en costas a los recurrentes Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción del Ministro señor Zepeda. N° Protección 38.210-2021. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia e integrada por la Fiscal Judicial señora Clara Carrasco Andonie y por el Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia. No firma la Fiscal Judicial señora Carrasco por encontrarse ausente.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, siete de abril de dos mil veintidós. Vistos y considerando: Primero: Comparece don Esteban Rodríguez González, y doña María Paz Balbontín Urtubia, como su mandataría, y recurre de protección en contra de doña Alejandra Medina Baeza, jefa de sucursal de A.F.P. Hábitat Moneda #818 y de don Henry Vásquez Montecino, Vicepresidente Ejecutivo de Servicios de A.F.P. Hábitat.
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