ZAMORA/MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rol
Fecha
6 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y Teniendo Presente: Primero: Que con fecha 23 de julio de 2021, comparece el abogado Yuri Antonio Vásquez Santander, abogado, interponiendo recurso de protección en representación de Verónica Alejandra Martínez Cancino, Uriel Niceto Moore Reyes, Javiera Belén Flores Escudero, Yasna Mabel Zamora Cáceres, Tamara Patricia Marschhausen Santis, Benjamín Alejandro Cáceres Acevedo, Moisés Ignacio Espinoza Hevia, Daniela Amada Pichun Soto, Victoria Jerusalén Soto González, Sophia Elizabeth Lobos Yáñez, José Luis Pérez Albornoz, Erick José Alberto Ibáñez Marca, Bastián Ignacio Aliaga Acevedo, Arturo Ignacio Silva Alvarado, Francisca Alejandra López Méndez, Marielle Fernanda Gormaz Aguirre, Francisca Belén Carvajal Flores, Diego Tomás Salinas Rozas, Yasmín Vanessa Quezada Troncoso, Javiera Ignacia San Martín Pinto, Ricardo Ignacio Chambe Crispín, Deyanira Avelin cárdenas Ponce, Michelle Evelyn Thomas Fonseca, Francisca Isabel Tilleria Leal, María Gabriela Switt Moreira, y Nicole Soledad Aliaga Morales, en contra del Ministerio de Educación, representada por el ministro de educación Raúl Eugenio Figueroa Salas, y en contra de la Universidad de Chile, representada legalmente por Ennio Augusto Vivaldi Vejar, por haber incurrido en el acto ilegal y arbitrario de haber privado a los recurrentes de sus beneficios estudiantiles de gratuidad universitaria, impidiendo con ello su derecho a acceder y cursar la educación superior, vulnerando las los derechos fundamentales consagrados en los numerales 1, 2, 9, 10 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental. Explica, en síntesis que todos los recurrentes cursaron el Programa de Bachillerato de la Universidad de Chile entre los años 2015 o 2016 y posteriormente ingresaron a carreras de continuidad en el año 2018. Al respecto, nueve estudiantes continuaron sus estudios en la carrera de Ingeniería Comercial, tres en Derecho, dos estudiantes en las carreras Trabajo Social, Enfermería, Obstetricia y Antropología y el resto son alumnos
Fundamentos
fundamentos adolecen de errores de hecho y solo se ha provocado esta situación respecto de alumnos de Bachillerato, no así respecto de los que ingresaron a una carrera determinada, a los que se le otorga gratuidad durante toda la carrera. Entiende que además se vulnera el derecho a la integridad psíquica de los recurrentes, ya que quienes acceden al beneficio de gratuidad deben cumplir con el requisito de una cierta condición socioeconómica, y por ello, provienen de hogares pertenecientes al 60% de menores ingresos del país, asumiéndose que no cuentan con los medios para financiar la educación superior. Por ello, entiende que es lógico que al arrebatarle a los recurrentes el beneficio de gratuidad, se queden sin forma de financiar el resto de sus carreras. Al respecto, Verónica Martínez tuvo que comenzar terapia psicológica con fecha 13 de marzo, dado el alto nivel de ansiedad que le provocó la situación padeció de insomnio, crisis de pánico y constantemente sin ganas de hacer nada. Pide en definitiva que se ordene a los recurridos que se restablezca el derecho al beneficio de la gratuidad de los recurrentes, y tomar todas las medidas que esta Corte estime conducentes al restablecimiento y protección de los derechos en cuestión, con costas del recurso. Segundo: Informando el Ministerio de Educación, solicitó el rechazo del recurso, desconociendo vulneración de garantías constitucionales. En primer término alega la extemporaneidad de la acción, puesto que los recurrentes manifiestan que conocieron la pérdida del beneficio de gratuidad a principios del año 2021, sin especificar fecha. En cuanto al fondo, y previas citas legales, indica que la Universidad de Chile, mediante el Oficio Ordinario Nº 179/2021 de 5 de mayo de 2021, suscrito por la Directora del Departamento de Pregrado, comunicó a la Subsecretaría de Educación Superior una nómina de estudiantes cuyas situaciones referidas a beneficios estatales habrían sufrido una inobservancia administrativa, solicitando que se revisaran y corrigieran dichos casos. Dentro de esa nómina se encuentran 21 de los 26 recurrentes. Así, la Universidad de Chile manifestó que habría informado erróneamente a los estudiantes que ingresaron a Bachillerato en el año 2016, y que en 2018 realizaron su continuidad a carrera final, en cuyo proceso de articulación tuvieron como resultado la convalidación de dos semestres pero fueron informados con cuatro semestres que implicó una terminación anticipada de sus beneficios estudiantiles. Posteriormente la Subsecretaría de Educación Superior envió a la Universidad de Chile el Oficio Ordinario Nº 06/5706 de 30 de julio de 2021, mediante el cual se realizaron observaciones con los errores o datos faltantes en los casos manifestados por esta última, y se informaron otros siete casos dentro de los cuales se encuentran los restantes cinco estudiantes recurrentes; por lo que en las comunicaciones entre la Subsecretaría y la Universidad, se contemplan la totalidad de casos de l
Fallo
por tanto su beneficio expiraba a fines de 2020. Es por esto que, según el cálculo ministerial y de acuerdo a la normativa aplicable, estos 5 casos se encontrarían correctamente expirados. En específico, Verónica Martínez, fue informada por MINEDUC en el año 2016 que cumplía con los requisitos socioeconómicos para ser beneficiaria de la gratuidad. El año 2018 continuó su plan de estudios en Ingeniería Comercial, homologando desde Bachillerato a su carrera de continuidad un total de 9 ramos, de los cuales tan sólo 3 son obligatorios, por lo que no alcanza ni siquiera a convalidar un semestre de sus estudios. A su turno, Moisés Espinoza, continuó sus estudios en la carrera de Ingeniería Comercial, homologando sólo 12 ramos desde su programa de Bachillerato, lo que permitió un avance curricular de 1 semestre en la carrera de continuidad. A José Pérez, en el año 2016 se le otorgó el beneficio de gratuidad por el MINEDUC. En el año 2017 realizó el traspaso a la carrera de Pedagogía en Educación Media en Matemáticas y Física, homologando un total de 8 ramos, 4 de ellos correspondientes a ramos obligatorios del primer año de la carrera; 2 del primer semestre y 2 del segundo, homologándose, en definitiva, 1 semestre. Respecto de Marielle Gormaz, recibió el referido beneficio a partir del año 2016. En el año 2017 se incorporó a la carrera de Enfermería, la cual tiene una duración nominal de 10 semestres. Convalidó 4 ramos correspondientes al primer semestre de su carrera, no hubo
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C.A. de Santiago Santiago, seis de abril de dos mil veintidós. A los folios 57 y 58: a todo, téngase presente. Al folio 59: a sus antecedentes. Visto y Teniendo Presente: Primero: Que con fecha 23 de julio de 2021, comparece el abogado Yuri Antonio Vásquez Santander, abogado, interponiendo recurso de protección en representación de Verónica Alejandra Martínez Cancino, Uriel Niceto Moore Reyes,
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