SIN INFORMACION

RECURSO DE AMPARO INT. EN FAVOR DE CARLOS ALBERTO TAPIA VALDIVIA EN CONTRA DE GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

6 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Ann Hidalgo Flores, cédula nacional de identidad N°18.709.271-k, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Carlos Alberto Tapia Valdivia, cedula nacional de identidad N°19.349.543-5, actualmente privado de libertad en el recinto penitenciario de Ovalle (CCP de Ovalle), y en contra de Gendarmería de Chile, por el acto consistente en disponer el traslado del amparado al centro penitenciario de Huachalalume. Expone que el amparado habría sido objeto de agresiones, amenazas de muerte y atentados a su integridad física en el centro penitenciario de Huachalalume, habiendo tenido que ser trasladado de urgencia al Hospital de Coquimbo. Agrega que de retornar a ese centro penitenciario la vida del amparado se encontraría en riesgo, por lo cual solicita dejar sin efecto el traslado. SEGUNDO: Que, evacuó informe la recurrida, señalando que el amparado se encuentra desde agosto del año 2020 en dependencias del C.D.P. de Ovalle trasladado desde el C.P. de La Serena por medidas de seguridad dispuestas en su favor, debido a que cuando tenía la calidad de imputado fue víctima de constantes agresiones y amenazas en todos los módulos de imputado con que contaba el establecimiento penitenciario. Indica que el Director Regional de Gendarmería autorizó el traslado del imputado al C.D.P. de Ovalle y que esa decisión fue ratificada por el Juzgado de Garantía de La Serena. Expone que el amparado cambió su calidad procesal de imputado a condenado, debiendo cumplir una pena de más de 17 años, y que dada la falta de estándares apropiados en materia de seguridad y reinserción para condenas tan elevadas en el C.D.P. de Ovalle se hace necesario su traslado a otra unidad penal que cuente con mejores medidas de seguridad y programas de intervención social. Afirma que si bien se evaluó retornar al interno al C.P. La Serena, esa decisión quedó sin efecto tras haber solicitado el interno su traslado al C.P. de Valdivia, el que será tramitado por Gendarmería de Chile. TERCERO: Que el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza a los derechos fundamentales antes aludidos, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite, con el fin de que se ordene guardar las formalidades legales y se adopten de inmediato las providencias que se juzguen necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. CUARTO: Que el recurso intentado se funda en que la recurrida habría adoptado la decisión de trasladar al amparado al Centro Penitenciario de La Serena, lugar en que este habría sido objeto de ataques a su vida e integrida

Texto Completo (Preview)

Tapia Valdivia, Carlos Alberto Gendarmería de Chile Recurso de Amparo Rol N°81-2022. La Serena, seis de abril de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Ann Hidalgo Flores, cédula nacional de identidad N°18.709.271-k, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Carlos Alberto Tapia Valdivia, cedula nacional de identidad N°19.349.543-5, actualmente privado d

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