SIN INFORMACION

RECURSO DE AMPARO INT. EN FAVOR DE CARLOS ALBERTO TAPIA VALDIVIA EN CONTRA DE GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

6 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece José Ilabaca Sáez, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Carlos Alberto Tapia Valdivia, cedula nacional de identidad N°19.349.543-5, actualmente privado de libertad en el centro penitenciario de Ovalle (CCP de Ovalle), y en contra de Gendarmería de Chile, por el acto consistente en disponer el traslado del amparado al centro penitenciario de Huachalalume. Expone que el amparado cumple una pena de doce años de presidio mayor en su grado medio como autor de un delito de homicidio y una pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo como autor de un delito de homicidio simple y como autor de un delito de porte ilegal de arma de fuego. Señala que el amparado estuvo sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva, la cual cumplía en el Centro Penitenciario de Huachalalume, y que el día 21 de agosto de 2020, en virtud de resolución dictada en causa RIT 4011-2020 del Juzgado de Garantía de La Serena, fue trasladado al Centro Penitenciario de Ovalle como medida de resguardo de su integridad. Precisa que el amparado fue agredido por otros internos del Centro Penitenciario de Huachalalume quienes le habrían causado lesiones consistentes en “quemadura en muñeca y región dorsal izquierda, herida cortopunzante en región temporal y occipital, hematoma en globo ocular derecho, hematoma y edema en labios superiores e inferiores, presente herida penetrante en zona renal izquierda solución de continuidad en dedo anular mano izquierda, contusión en ambas muñecas y heridas abrasivas en muslos, con diagnóstico de poli trauma y trauma renal penetrante izquierdo”, conforme consta en informe de salud de fecha 14 de julio de 2020. Previas citas de derecho solicita acoger el recurso intentado y, en definitiva, dejar sin efecto el traslado del amparado y ordenar a la recurrida su mantención en el Complejo Penitenciario de Ovalle. 1.- Informe de salud de fecha 14 de julio de 2020, suscrito por el Dr. Don Francisco Kuschel Eyzaguirre, médico de la unidad de salud del Establecimiento Penitenciario de La Serena; 2.- Copia del acta de la audiencia de fecha 21 de agosto de 2020, en la causa RIT 4011-2020 del Juzgado de Garantía de La Serena, que dispuso su traslado hasta el CP de Ovalle. SEGUNDO: Que, evacuó informe la recurrida, señalando que el amparado se encuentra desde agosto del año 2020 en dependencias del C.D.P. de Ovalle trasladado desde el C.P. de La Serena por medidas de seguridad dispuestas en su favor, debido a que cuando tenía la calidad de imputado fue víctima de constantes agresiones y amenazas en todos los módulos de imputado con que contaba el establecimiento penitenciario. Indica que el Director Regional de Gendarmería autorizó el traslado del imputado al C.D.P. de Ovalle y que esa decisión fue ratificada por el Juzgado de Garantía de La Serena. Expone que el amparado cambió su calidad procesal de imputado a condenado, debiendo cumplir una pena de más de 17 años, y que d

Texto Completo (Preview)

Tapia Valdivia, Carlos Alberto Gendarmería de Chile Recurso de Amparo Rol N°83-2022. La Serena, seis de abril de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece José Ilabaca Sáez, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Carlos Alberto Tapia Valdivia, cedula nacional de identidad N°19.349.543-5, actualmente privado de libertad en el centro penitenciario

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica