2º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

ANTIGUAY/LÓPEZ

Rol

Fecha

6 de abril de 2022

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Que la resolución recurrida -en cuanto rechaza un incidente de abandono del procedimiento- no es de aquellas que ponen fin al juicio o hacen imposible su prosecución, como tampoco establece derechos permanentes en favor de las partes, ni se pronuncia sobre un trámite que haya de servir de base para el pronunciamiento de la sentencia definitiva, por lo que, atendida la naturaleza de la resolución apelada, no procede su impugnación por la presente vía. Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 187, 188 y 189, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de veintiuno de marzo del corriente, que rechazó un incidente de abandono de procedimiento, en la causa rol C-6782-2019 del Segundo Juzgado Civil de San Miguel. Acordada con el voto en contra del ministro señor Martínez, quien fue del parecer de declarar admisible la apelación interpuesta, por considerar que la naturaleza de la resolución recurrida, una sentencia interlocutoria, la hace procedente. Devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. ROL N° 450-2022-CIV.

Fallo

Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 187, 188 y 189, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de veintiuno de marzo del corriente, que rechazó un incidente de abandono de procedimiento, en la causa rol C-6782-2019 del Segundo Juzgado Civil de San Miguel. Acordada con el voto en contra del ministro señor Martínez, quien fue del parecer de declarar admisible la apelación interpuesta, por considerar que la naturaleza de la resolución recurrida, una sentencia interlocutoria, la hace procedente. Devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. ROL N° 450-2022-CIV.

Texto Completo (Preview)

CERTIFICO: Que revisado el SITCORTE, no consta la existencia de otros ingresos respecto a la presente causa. San Miguel, a 06 de abril de 2022. Alejandra Soto Nilo, Relatora de Cuenta. CH(ASN) San Miguel, seis de abril de dos mil veintidós. Vistos: Que la resolución recurrida -en cuanto rechaza un incidente de abandono del procedimiento- no es de aquellas que ponen fin al juicio o hacen imposibl

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