1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN ANTONIO

READI/TAPIA

Rol

Fecha

6 de abril de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que la resolución en alzada es un decreto que no altera la substanciación regular del procedimiento, resultando inapelable, a la luz de lo previsto en los artículos 181 y 188 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el arbitrio de inicio. Devuélvase. N°Civil-833-2022.

Fallo

se declara inadmisible el arbitrio de inicio. Devuélvase. N°Civil-833-2022.

Texto Completo (Preview)

wgg C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de abril de dos mil veintidós. Proveyendo los folios N° 3 “Se hace parte y alegato” y N° 5 “Téngase presente”: Estese al mérito de lo resuelto a continuación. A lo principal: Téngase presente Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que la resolución en alzada es un decreto que no altera la substanciación regular del procedimiento

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