MUNICIPALIDAD DE NANCAGUA CON INVERSIONES SANTA CRUZ
Rol
Fecha
6 de abril de 2022
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
Vistos: Primero: Que, en estos autos de procedimiento ejecutivo por cobro de rentas municipales, se acogió parcialmente la excepción de prescripción opuesta por la ejecutada y prevista en el numeral 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, respecto de la acción ejecutiva para el cobro de la patente comercial, únicamente de los periodos correspondientes al primer semestre de 2011 al segundo semestre del año 2016, ambos inclusive y, se rechazó la excepción del numeral 14 del citado artículo 464, ordenándose en consecuencia, en la parte no prescrita, seguir adelante con la ejecución hasta el pago total de la suma adeudada al acreedor. La ejecutada interpuso recurso de apelación, solicitando se revoque la sentencia del grado, se acoja la excepción prevista en el numeral 14 del artículo 464 del Código adjetivo y, se rechace la demanda en todas sus partes, y en subsidio, se tenga por allanada a la ejecutante respecto de los períodos cuya prescripción solicitó, con costas. Segundo: Que, en relación a la primera de las excepciones opuestas por la ejecutada, esto es, la nulidad de la obligación, esta se fundo en que hasta antes de entrar en vigencia la ley 21.210 que “Moderniza la Legislación Tributaria”, las actividades que desarrollaba y que sigue desarrollando su parte, no se encontraban gravadas con el impuesto de patente municipal a que se refería el artículo 23 del D.L. 3.063 de Rentas Municipales, ya que su giro efectivo o actividad económica vigente, consiste en el “cultivo de uva para mesa; cultivo de frutas de pepita y de hueso; actividades de apoyo a la agricultura; y fondos y sociedades de inversión y entidades financieras similares”. Se agrega a ello que tampoco mantiene establecimientos, o un local, kiosko u otro de proyección, o venta directa al público o a terceros, presupuesto necesario del hecho gravado al que se refiere la primera parte del inciso primero del artículo 24 del D.L. N° 3.063 de Rentas Municipales. Por su parte, evacuando el tr
Fallo
se resuelve, que SE ANULA DE OFICIO la sentencia de fecha 9 de julio de 2021, dictada por el 1º Juzgado de Letras de San Fernando, en los autos C-600-2021, y la resolución de folio 8 de fecha 14 de junio de 2021, retrotrayéndose la causa al estado de proveer válidamente la presentación de folio 7, debiendo pronunciarse el tribunal no inhabilitado sobre la admisibilidad de las excepciones y, en caso de declararlas admisibles, recibir la causa a prueba. En atención a la resuelto, SE OMITE pronunciamiento sobre el recurso de apelación deducido por la parte demandada. Comuníquese y devuélvase.- Redacción de la abogado integrante Sra. Latife. Rol N° 756-2021 Civil.-
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Rancagua, seis de abril de dos mil veintidós. Vistos: Primero: Que, en estos autos de procedimiento ejecutivo por cobro de rentas municipales, se acogió parcialmente la excepción de prescripción opuesta por la ejecutada y prevista en el numeral 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, respecto de la acción ejecutiva para el cobro de la patente comercial, únicamente de los periodos c
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