JOSE CARRANZA RODAS / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA DE CHILE
Rol
Fecha
6 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 13 de marzo de 2022 comparece don Gabriel Halpern Mager, abogado, quien interpone acción constitucional de protección en favor de José Armando Carranza Rodas, trabajador, de nacionalidad peruana ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Sargento Menadier N°105, comuna de Puente Alto, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, continuadora legal del Departamento de Extranjería y Migraciones, representado legalmente por don Álvaro Bellolio Avaria, ingeniero civil industrial, ambos con domicilio en calle Matucana N°1223, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba su ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto su solicitud de permanencia definitiva efectuada con fecha 23 de marzo de 2021. Hace presente que recurrente recibió notificación de la Resolución Exenta N°21315345, de 06 de diciembre de 2021, que da cuenta que su trámite migratorio se encuentra en etapa de “Evaluación intermedia”, sin embargo, la permanencia definitiva aún no ha sido concedida. Señala que se encuentran dentro de plazo para recurrir de protección, ya que la omisión de pronunciamiento, objeto del recurso, reviste el carácter de permanente. Asimismo, sostiene que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud -1 año a la fecha- sin dar respuesta alguna, constituye una ilegalidad y una arbitrariedad, ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N° 19.880 en los que se consagra el principio de celeridad, conclusivo y de inexcusabilidad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Alega que la recurrida no pude excusarse en la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor que las exonera de cumplir con las reglas del procedimiento admi
Texto Completo (Preview)
San Miguel, seis de abril de dos mil veintidós. A los folios 17755 y 18466: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 13 de marzo de 2022 comparece don Gabriel Halpern Mager, abogado, quien interpone acción constitucional de protección en favor de José Armando Carranza Rodas, trabajador, de nacionalidad peruana ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Sargento
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica