DELGADO/CAÑAS
Rol
Fecha
6 de abril de 2022
Materia
INDEMNIZACIÓN PERJUICIOS ART.169 LEY TRÁNSITO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Que, del examen de los antecedentes, se puede establecer que resulta aplicable a la resolución impugnada la limitación recursiva establecida en el inciso final del artículo 90 en razón de lo dispuesto en el artículo 307 ambas disposiciones del Código de Procedimiento Civil, toda vez que la misma ha sido dictada en el contexto de la incidencia dilatoria promovida, y visto además lo dispuesto en los artículos 201 y 213 del citado Estatuto de Enjuiciamiento Civil, SE DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación subsidiario deducido en contra de la resolución de once de marzo de dos mil veintidós, pronunciada por el Jueza subrogante del Juzgado de Letras y Garantía de Caldera don Gabriel Aguilera Sazo. Regístrese y devuélvase. N°Civil-116-2022. En Copiapó, seis de abril de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
SE DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación subsidiario deducido en contra de la resolución de once de marzo de dos mil veintidós, pronunciada por el Jueza subrogante del Juzgado de Letras y Garantía de Caldera don Gabriel Aguilera Sazo. Regístrese y devuélvase. N°Civil-116-2022. En Copiapó, seis de abril de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, seis de abril de dos mil veintidós. Vistos: Que, del examen de los antecedentes, se puede establecer que resulta aplicable a la resolución impugnada la limitación recursiva establecida en el inciso final del artículo 90 en razón de lo dispuesto en el artículo 307 ambas disposiciones del Código de Procedimiento Civil, toda vez que la misma ha sido dictada en el contexto de
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