GUAJARDO/LEYTON
Rol
Fecha
5 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que comparece don Ricardo Antonio Abarca Toro, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial, por la parte demandante en causa sobre acción de simulación relativa en conjunto con acción de inoficiosa donación, caratulada “GUAJARDO CON LEYTON”, seguida ante el Juzgado de Letras de Molina Rol C-626-2019, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 28 de abril de 2021, del mencionado tribunal, que no hizo lugar a la apelación subsidiaria deducida por parte en contra de la sentencia interlocutoria de 22 de abril del mismo año, que acogió el incidente de abandono del procedimiento incoado por la demandada, solicitando se acoja la presente acción, en consecuencia, se declare admisible la apelación interpuesta. Explica que, en subsidio de la reposición, su parte dedujo recurso de apelación en contra de la resolución que declaró el abandono del procedimiento, al que no se dio lugar por la resolución recurrida de hecho, de 28 de abril de 2021, que es del siguiente tenor: “II.- NO HA LUGAR a la apelación interpuesta en el en subsidio de la reposición, por tratarse de una resolución apelable solo en la forma señalada en el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil y no dándose el caso de apelación subsidiaria del artículo 188 del Código ya señalado”. En cuanto a la procedencia del recurso de apelación, señala que, si bien es cierto que puede discutirse que la resolución impugnada debe ser recurrida de manera directa mediante apelación, no es menos cierto que por razones de economía procesal y celeridad, nuestros tribunales han acogido de igual forma la apelación subsidiaria de dicha resolución atendiendo a fin último de la misma, a saber, dar un derecho efectivo al recurso a los justiciables, y evitar de esta forma agravio. Hace presente que el derecho a recurrir es reconocido, inclusive, a nivel internacional y, en tal sentido, menciona el artículo 8.2 letra h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y al ar
Fallo
se declara admisible el recurso de apelación deducido por la demandante en contra de la resolución de 22 de abril de 2021, el que se concede en el sólo efecto devolutivo. Comuníquese lo resuelto al tribunal de primer grado para que, a la brevedad, eleve los antecedentes en que incide el recurso de apelación deducido, oficiándose al efecto. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Civil-413-2021.
Texto Completo (Preview)
Talca, cinco de abril de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1°) Que comparece don Ricardo Antonio Abarca Toro, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial, por la parte demandante en causa sobre acción de simulación relativa en conjunto con acción de inoficiosa donación, caratulada “GUAJARDO CON LEYTON”, seguida ante el Juzgado de Letras de Molina Rol C-626-2019, quien deduce recu
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