MP C/ ORLANDO EUGENIO SALAZAR BORGUERO
Rol
Fecha
5 de abril de 2022
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PRIVADOS ART. 197 Y 198.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que la defensa del imputado Luis Patricio Cid Salgado ha apelado de la resolución de 31 de marzo recién pasado, que mantuvo la medida cautelar de privación total de libertad en su domicilio, cuestionando la proporcionalidad de dicha medida en atención a la variación de las actuales circunstancias de salud que lo afectarían. 2.- Que, a juicio de esta Corte, el eventual agravamiento del estado de salud del acusado, tanto en lo que dice relación con la diabetes mellitus como el eventual problema de visión que le aquejarían, no ha implicado que éste se haya visto impedido de acceder al tratamiento médico adecuado, pudiendo asistir en cada oportunidad que lo ha requerido a la Clínica Las Condes de Santiago para su tratamiento, cuestión que ha sido reconocida en estrados por la propia defensa, por lo que la argumentación en este sentido de la apelante no altera en modo alguno las condiciones vigentes al tiempo de decretar la cautelar que ahora se impugna. 3.- Que, en consecuencia, la privación total de libertad en el domicilio del acusado sigue siendo por ahora la medida adecuada para satisfacer los fines del procedimiento, razón por la que se mantendrá la decisión del a quo, como se dirá. Por estas consideraciones y de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de treinta y uno de marzo de dos mil veintidós, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción en la causa RIT 21-2022, RUC 1400980627-0, que mantuvo la medida cautelar de privación total de libertad en su domicilio respecto del imputado Luis Patricio Cid Salgado. Comuníquese al tribunal a quo y devuélvanse los antecedentes. A los comparecientes se les tiene por notificados de la resolución precedente en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia. Sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-295-2022.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de treinta y uno de marzo de dos mil veintidós, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción en la causa RIT 21-2022, RUC 1400980627-0, que mantuvo la medida cautelar de privación total de libertad en su domicilio respecto del imputado Luis Patricio Cid Salgado. Comuníquese al tribunal a quo y devuélvanse los antecedentes. A los comparecientes se les tiene por notificados de la resolución precedente en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia. Sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-295-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción xsr Concepción, a cinco de abril del dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que la defensa del imputado Luis Patricio Cid Salgado ha apelado de la resolución de 31 de marzo recién pasado, que mantuvo la medida cautelar de privación total de libertad en su domicilio, cuestionando la proporcionalidad de dicha medida en atención a la variación de las actuales circunsta
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