RECURSO DE PROTECCIÓN XIMENA PIZARRO DELGADO C/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE OVALLE
Rol
Fecha
5 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 y con fecha 13 de febrero de los corrientes, comparece XIMENA ISABEL PIZARRO DELGADO, profesora de estado en castellano y filosofía, con domicilio en la comuna y ciudad de Ovalle, calle Luis Galeas García N° 542, Villa San Luis, deduce recurso de protección en contra de la I. MUNICIPALIDAD DE OVALLE, representada legalmente por su alcalde, don CLAUDIO RENTERÍA LARRONDO, domiciliados en la comuna de Ovalle, calle Vicuña Mackenna N° 441, por haber incurrido en actos arbitrarios e ilegales que vulneran derechos y garantías establecidos en el artículo 19° N° 1, 2 y 24 de la Constitución Política de la República, a saber, el derecho a la integridad física y síquica, el derecho a igualdad ante la ley y prohibición de discriminación, y el derecho de propiedad. Relata que desde el año 2005 hasta el año 2020 se desempeñó como docente de aula, sin embargo, el año 2021, el Jefe del Departamento de Educación Municipal -en adelante DEM-, debido a su buen currículum, decidió enviarla a una escuela básica a desempeñarse como docente de apoyo a directivo con 14 horas que mantuvo hasta su desvinculación. Hace presente que el año 2006 fue desvinculada por el Municipio que en esa época se encontraba bajo la administración de la alcaldesa Marta Lobos, no obstante, presentó un reclamo a la Contraloría General de la República, órgano que dictaminó su reintegro ordenando el pago en forma retroactiva de las remuneraciones que dejó de percibir el tiempo que estuve separada de mis funciones. No obstante, dicha situación puntual, continuó trabajando normalmente sin dificultad ni conflicto con sus compañeros o superiores y fue muy bien evaluada, tanto es así que el año escolar 2021 fue trasladada con cambio de funciones desde "docente de aula" a "apoyo a directivo" de la Escuela Óscar Araya Molina. Al llegar a la Escuela Óscar Araya Molina el año 2021, afirma que el recibimiento no fue el esperado pues, el director subrogante don Carlos Herrera manifestó que no habían sido informados de su incorporación a dicho establecimiento y por lo tanto, le impidieron comenzar a trabajar. Precisa que la jefa de la Unidad Técnico-Pedagógica (UTP) doña Jessica Ríos, no la recibió hasta que el DEM hizo llegar la orden de trabajo, la que se entregó a la semana del ingreso a clases, lo que significó que, antes de dicha orden se presentaba a trabajar, pero no le permitían el ingreso. Dicha orden de trabajo se emitió en dos copias, una quedó en la oficina de Personal y la otra en la escuela, sin embargo, en su carpeta de docente - directivo, desaparecieron todos sus documentos. Hace presente que no la invitaban a participar de las reuniones planificadas con el DEM ni con el Departamento de Educación Provincial, así como tampoco en las reuniones del equipo de gestión realizadas en la escuela, ni online cuando estaban en cuarentena. El establecimiento contaba con tres grupos de WhastApp para coordinarse en tiempos de cuarentena de información relevant
Fallo
Por tanto, el arbitrio cautelar intentado será acogido en la forma que se indicará en la parte resolutiva. Y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política del Estado y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE DECLARA que SE ACOGE, con costas el recurso de protección deducido a folio 1, por doña Carolina Canedo Cortés, Abogada, en representación de doña Ximena Pizarro Delgado, en contra de la MUNICIPALIDAD DE OVALLE, representada por su Alcalde don Claudio Rentería Larrondo, y en consecuencia se deja sin efecto, la resolución de término de su contrata, debiendo entenderse renovada ésta a contar del 1 de marzo de 2022 hasta el 28 de febrero de 2023. Redacción de la ministra Marta Maldonado Navarro. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol Nº 168-2022. Pronunciado por la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por los Ministros titulares señora Marta Maldonado Navarro, señor Felipe Pulgar Bravo y el abogado integrante señor Enrique Labarca Cortés. En La Serena, a cinco de abril de dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Pizarro Delgado, Ximena Isabel Ilustre Municipalidad de Ovalle Recurso de Protección Rol N° 168-2022. La Serena, cinco de abril de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 y con fecha 13 de febrero de los corrientes, comparece XIMENA ISABEL PIZARRO DELGADO, profesora de estado en castellano y filosofía, con domicilio en la comuna y ciudad de Ovalle, calle Luis Galeas Garc
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