SIN INFORMACION

ALATA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

5 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 14 de marzo pasado comparecen los abogados JORGE LENA SALGADO y PABLO IGNACIO GONZALEZ ROJAS, en representación de doña ANGELA ALATA YAÑACC, de nacionalidad peruana, con domicilio en Colon 352 Oficina 502, comuna de La Serena, deduciendo recurso de protección en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, representado por don Álvaro Bellolio Avaria, Ingeniero Civil Industrial, con domicilio en calle Matucana N° 1223, comuna de Santiago, Región Metropolitana, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva solicitada el 01 de diciembre de 2021, por conculcar dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme a lo preceptuado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República. Señala que la recurrente ingresó a Chile en calidad de turista, y por distintas circunstancias estando dentro del país, y en razón de establecerse, trabajar y desarrollar un proyecto de vida en nuestra nación, decidió cambiar su condición migratoria a residente temporario. Sin perjuicio de lo anterior, y al cumplir los requisitos establecidos en la ley de migraciones, decidió modificar su situación haciendo la respectiva solicitud bajo el N°16151874 al Ministerio del Interior y Seguridad Pública del Servicio Nacional de Migraciones con el objeto de obtener su permanencia definitiva. Señala que ha transcurrido más de tres meses sin que a la fecha haya recibido alguna respuesta por parte de la recurrida, situación que la ha mantenido en una constante preocupación e incertidumbre, toda vez que sin perjuicio contar con la autorización para para ejercer actividades remuneradas mientras se encuentre en análisis la solicitud de regularización migratoria, dicha demora implica una inestabilidad emocional y de su diario vivir, que afecta de manera directa sus garantías constitucionales. Alega que se ha prolongado de manera ilegal y arbitraria el plazo establecido en el artículo 27 de la ley 19.880 para la resolución de los procesos administrativos, afectando además los principios de celeridad, economía procedimental, conclusivo e inexcusabilidad de la referida ley. Solicita acoger en todas sus partes el recurso, ordenando al recurrido que se pronuncie sobre la misma, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Acompaña comprobante de solicitud de permanencia definitiva. SEGUNDO: Que, a folio 6, con fecha 28 de marzo del año en curso, informando por la recurrida, comparece el abogado Julián Salviat Silva, solicitando el rechazo del recurso. Relata que el 18 de diciembre de 2021 la recurrente solicitó la permanencia definitiva, luego, el pasado 18 de marzo se envía correo electrónico a la recurrente por medio de la cual se le comunica que su solicitud se encuentra incompleta o es insuficiente, toda vez que acompaña una hoja de identificación de un pasaporte, certificado de vigencia de contrato de trabajo, certificado histó

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo de Recursos de Protección de Garantías Constitucionales, se declara que SE RECHAZA, sin costas, la acción constitucional de protección interpuesta en favor de doña ANGELA ALATA YAÑACC en contra Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol 296-2022 Protección.

Texto Completo (Preview)

Alata Yañacc, Ángela Servicio Nacional de Migraciones Recurso de Protección Rol Nº 296-2022.- La Serena, cinco de abril de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 14 de marzo pasado comparecen los abogados JORGE LENA SALGADO y PABLO IGNACIO GONZALEZ ROJAS, en representación de doña ANGELA ALATA YAÑACC, de nacionalidad peruana, con domicilio en Colon 352 Oficina 502, comun

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