SIN INFORMACION

SANTOYA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

5 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece Pablo Peñaloza Parra, en favor de Mariana del Valle Santoya Santoya, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por la falta de pronunciamiento sobre su solicitud de permanencia definitiva realizada el 09 de diciembre de 2020, omisión que estima arbitrario e ilegal y que vulnera la garantía contemplada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, razón por la que solicita se le ordene al recurrido que se pronuncie sobre la solicitud de permanencia definitiva y se adopten las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho. Explica que la recurrente ingresó al país en calidad de residente con visa de responsabilidad democrática y el 09 de diciembre de 2020 solicitó el beneficio de permanencia definitiva (Solicitud N° 15696368), no obstante, hasta la fecha no ha recibido ninguna comunicación referida a la mencionada petición, alegando que los funcionarios de los órganos de la Administración del Estado deben actuar por propia iniciativa en la iniciación del procedimiento de que se trate y en su prosecución, conforme al Principio de Celeridad consagrado en los artículos 4°, 7°, 9° y 27 de la Ley N° 19.880 y al Principio de Economía Procesal establecida en el artículo 9 del mismo cuerpo legal. SEGUNDO: Evacuando informe por la recurrida, comparece Francisco Alarcón Calderón, solicitando que la acción de protección sea rechazada en todas sus partes, ya que no se configurarían los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, al no existir acto u omisión de la autoridad que atente en contra de alguna de las garantías amparadas por el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Expone que el 13 de septiembre de 2019 el Consulado General de Chile en Caracas, Venezuela, le otorgó a la extranjera visación de residente Temporario Titular de Responsabilidad Democrática, por el período de

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, SE ACOGE, sin costas, la acción deducida en favor de Mariana del Valle Santoya Santoya, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, disponiéndose que resuelva la solicitud de permanencia definitiva de la recurrente dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de esta sentencia. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-38279-2021. En Santiago, cinco de abril de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de abril de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece Pablo Peñaloza Parra, en favor de Mariana del Valle Santoya Santoya, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por la falta de pronunciamiento sobre su solicitud de permanencia definitiva realizada el 09 de dici

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica