PAVEZ/ASTROZA
Rol
Fecha
5 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Comparece el señor Miguel Enrique Díaz Olea, abogado, domiciliado para estos efectos en calle Fortunato Venegas N°75, oficina 1 de la comuna y ciudad de Rengo, quien deduce recurso de protección en contra de don Ariel Astroza Campos, ignora profesión u oficio, domiciliado en Gran Avenida S/N, Lanco, quien mediante actos ilegales y arbitrarios procedió a inhabilitar y denegar el ingreso a la propiedad de doña María Teresa Pavez Mella, domiciliada en sector El Arco, Hijuela N°8 de la comuna de Lanco, quien hacía ingreso a su propiedad a través del camino perteneciente a una servidumbre de tránsito, se desconoce esté inscrita, existente a favor de su persona y de los vecinos del sector por varios años. Dichos actos ilegales y arbitrarios se traducen en arar dicho camino con el fin de evitar el tránsito del vehículo y personas por el mismo, además de impedir el libre tránsito, destruyendo el camino con diferentes acciones tendientes a inhabilitar el acceso que se ha mantenido por vecinos que lo utilizan; vialidad e incluso la misma Municipalidad de Lanco han realizado trabajos de mantención y conservación, entendiéndolo como un camino vecinal. Agrega que el 9 de diciembre de 1982, adquirió la propiedad ubicada en la comuna de Lanco, doña María Teresa Pávez Mella, que se encuentra inscrita a fojas 795, número 799 del año 1993, Conservador de Bienes Raíces de la Mariquina. Afirma que el camino es utilizado como acceso a la propiedad de su representada ha existido de años y es el medio para que cualquier persona transite a sus propiedades o de visita, incluso es utilizado como atajo para ingresar a camino Ruta T-108, camino se une a dicha ruta. Desde el 28 de diciembre del año 2021 a la actualidad, su representada ha sido víctima de un acto perpetrado por el recurrido su vecino, alterando una situación de hecho preexistente, interrumpiendo y obstaculizando de forma arbitraria e ilegal el acceso por el camino vecinal. Su familia se ha visto forzada a acceder y a tr
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19 Nº 24 y 20 de la Constitución Política de la República y lo establecido en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación del Recurso de Protección, se rechaza sin costas la acción de protección interpuesta por el señor Miguel Enrique Díaz Olea, abogado, por doña María Teresa Pavez Mella, en contra del señor Ariel Astroza Campos. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción del Ministro Titular señor Juan Ignacio Correa Rosado. Rol 43 – 2022 PRO.
Texto Completo (Preview)
Valdivia, cinco de abril de dos mil veintidós. Visto: Comparece el señor Miguel Enrique Díaz Olea, abogado, domiciliado para estos efectos en calle Fortunato Venegas N°75, oficina 1 de la comuna y ciudad de Rengo, quien deduce recurso de protección en contra de don Ariel Astroza Campos, ignora profesión u oficio, domiciliado en Gran Avenida S/N, Lanco, quien mediante actos ilegales y arbitrarios
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