MP C/ PAULA MARGARITA VILCHES VILLARROEL
Rol
Fecha
4 de abril de 2022
Materia
LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1.- Que la defensa de Paula Margarita Vilches Villarroel deduce recurso de nulidad contra la sentencia de instancia, sobre la base de la causal del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, esto es, errónea aplicación del derecho con influencia en lo dispositivo del fallo, en cuanto éste condenó a la acusada como autora de un delito de robo por sorpresa que, en concepto de la recurrente, debió calificarse como de hurto, por no concurrir, a su parecer, la exigencia de apoderamiento sorpresivo de especies que la ofendida llevara consigo, que se contiene en el tipo del artículo 436 inciso segundo del Código Penal, sino solo un intento de apoderamiento sigiloso o furtivo. 2.- Que la causal escogida exige no apartarse de los hechos dados por ciertos por el tribunal a quo, y en este caso, a pesar de situarse bajo el subtítulo “Calificación jurídica”, el motivo décimo quinto de la sentencia atacada establece también circunstancias claramente fácticas; así, nos dice que la víctima “sintió un ‘jalón’ al momento en que la hechora metía su mano a la mochila”, y agrega: “percatándose de que algo la jalaba hacia atrás”, añadiendo que respecto de la tenencia de la especie, se daba la característica de “llevarla consigo”. 3.- Que ante tales supuestos fácticos inamovibles, el recurso no puede prosperar, porque ya no cabe dudar de que la víctima llevaba la especie consigo y de que se procedió mediante un tirón, que justamente da cuenta del apresuramiento nada sigiloso de la hechora por arrebatar lo que hubiera dentro de la mochila que la ofendida portaba. Ese proceder devela obrar por sorpresa, no furtivamente, y por ende no hay error en la calificación jurídica, que esta Corte pueda enmendar. Y visto además lo dispuesto por el artículo 384 del Código Procesal Penal, se rechaza el recurso de nulidad presentado por la defensa de Paula Margarita Vilches Villarroel en contra de la sentencia de siete de febrero de dos mil veintidós, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar en su juicio RIT 463-2021, la cual, por consiguiente, es válida. Regístrese y comuníquese. Reacción del Ministro Sr. Mera. Se deja constancia que no firma la Abogada Integrante Sra. Maldonado, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por no integrar el día de hoy. N°Penal-376-2022.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso. Cgv Valparaíso, cuatro de abril de dos mil veintidós. Vistos y considerando: 1.- Que la defensa de Paula Margarita Vilches Villarroel deduce recurso de nulidad contra la sentencia de instancia, sobre la base de la causal del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, esto es, errónea aplicación del derecho con influencia en lo dispositivo del fallo, en cuanto éste cond
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