SIN INFORMACION

RAMÍREZ / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

4 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: En folio 1, se interpone recurso de protección en favor de don Carlos Alberto Ramírez, ciudadano de nacionalidad venezolana, contra el Servicio Nacional de Migraciones por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, formulada en septiembre del año 2019. Indica que se le ordenó subsanar la falta de algunos documentos, lo que hizo, no obstante, reclama que este procedimiento ha sido muy complejo porque ha debido incurrir en gastos y además se le han aplicado multas. Refiere que solicitó que se le diera una explicación sobre el motivo por el cual se le pedía subsanar ciertos documentos, explicándole que debía ingresar al Portal de extranjería y hacer el pago de las multas, no obstante, la demora en la revisión de los documentos no era su responsabilidad, pero igual hizo el pago. Dice que en julio de 2021 formuló de nuevo la solicitud, pero hasta el día de hoy no ha tenido respuesta. Puntualiza que como consecuencia de la demora en la respuesta, ha tenido dificultades para solicitar cuentas bancarias o arrendar un departamento o una casa, acceder a un crédito o cobrar un cheque. Argumenta dicha omisión afecta su garantía constitucional prevista en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de Ley 19.880. Pide, en definitiva que se ordene a la parte recurrida que se le entregue una inmediata respuesta a su solicitud de permanencia definitiva. En folio 5, se evacua informe en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso de protección deducido. Se expone que el recurrente presentó su solicitud de permanencia definitiva el día 01 de abril de 2020. Indica que mediante Resolución Exenta N°21374463 de 08 de diciembre de 2021, se le informó a la actora que su solicitud se encontraba en etapa de análisis preliminar, lo que implica la validación del pago de derechos, si corresponde y la revisión

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge el recurso de protección deducido a favor de don Carlos Alberto Ramírez, contra el Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se ordena que la parte recurrida deberá pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva del recurrente, dentro del término de 30 días hábiles. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-11353-2022. En Valparaíso, cuatro de abril de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de abril de dos mil veintidós. Visto: En folio 1, se interpone recurso de protección en favor de don Carlos Alberto Ramírez, ciudadano de nacionalidad venezolana, contra el Servicio Nacional de Migraciones por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, formulada en septiembre del año 2019. Indica que se l

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica