FLORES/HOSPITAL BASE Y OTROS
Rol
Fecha
4 de abril de 2022
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA CON COSTAS
Hechos
VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada,
Fundamentos
considerandos y citas legales. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE: Don CARLOS EDUARDO CURRIECO PAVIE, abogado por la demandada HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO, interpone recurso de apelación en contra de sentencia definitiva de 13 de diciembre de 2021, dictada por don Luis Miguel Meza Marín, Juez Titular del segundo Juzgado de Letras de Osorno, quien solicita revocar lo resuelto por el
Fallo
fallo impugnado; el que en su parte resolutiva declara; que se acoge parcialmente la demanda de responsabilidad civil extracontractual en procedimiento ordinario mayor cuantía de folio 1, sin costas. El fundamento del recurso radica en que, según el apelante, habría inexistencia de falta de servicio imputable al Servicio de Salud Osorno, atendido que esta debe ser probada por aquel que la alega y acreditar una falta de servicio en el ámbito sanitario implica no solo probar la actuación contraria a la Lex artis, sino que también implica establecer cuál será la lex artis del caso concreto. Estima que la prueba rendida por la actora en ese punto es deficiente y nada aporto desde esa perspectiva; respecto de los testigos señala que son de oídas y sin ningún conocimiento médico, limitándose a argumentar sobre el supuesto daño moral. Agrega, no existe informe pericial alguno que permita calificar fundadamente la actuación médica e intervenciones quirúrgicas brindadas a la demandante, y tampoco existe informe psiquiátrico que fundamente el supuesto daño moral. Respecto al pago de reajustes e intereses ordenados por el tribunal, los estime improcedentes, argumentando que una vez que su parte sea declarada deudora de una indemnización por sentencia que causa ejecutoria, la obligación será liquida y podrá incurrir en mora si retarda culpablemente su pago, correspondiendo tal caso la aplicación de intereses corrientes. Solicita, en definitiva, se revoque la sentencia en todas sus part
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C.A. de Valdivia Valdivia, cuatro de abril de dos mil veintidós. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, considerandos y citas legales. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE: Don CARLOS EDUARDO CURRIECO PAVIE, abogado por la demandada HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO, interpone recurso de apelación en contra de sentencia definitiva de 13 de diciembre de 2021, dictada por don Luis Migue
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