HORLANDA JOSEFINA ROMERO PINILLA CON AUTOMOTRIZ CORDILLERA S.A. ACUMULADA ROL 1412-2021
Rol
Fecha
1 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA, SIN COSTAS
Hechos
VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que en la especie, ante la petición de la demandante de disponer que se notificara la resolución que recibe la causa a prueba, mediante receptor de turno, fue el tribunal a quo quien, el 8 de abril de 2020, dispuso que se reiterara la petición una vez cesado el estado de excepción constitucional y el término en el que él fuera prorrogado, resolución que no fue objetada por el ahora demandado apelante y que, al estar vigente vinculaba a la demandante estableciéndole un deber de abstención que fue cumplido por ella; así las cosas no puede decirse que hubo inactividad procesal atribuible a la actora, por lo que el incidente en examen debe ser desestimado. Y de conformidad con los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la resolución apelada de veintisiete de octubre de dos mil veintiuno, dictada por el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en causa Rol C-4589-2017, del ingreso de dicho tribunal. Devuélvase. N°Civil-1200-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CCA/mfv Concepción, uno de abril de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que en la especie, ante la petición de la demandante de disponer que se notificara la resolución que recibe la causa a prueba, mediante receptor de turno, fue el tribunal a quo quien, el 8 de abril de 2020, dispuso que se reiterara la petición una vez cesado el estado de excepción constitu
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