MAMANI/PDI CHILE
Rol
Fecha
1 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Andrea Cecilia Quiñones Castro, abogada, quien deduce recurso de protección en favor de Efraín Mamani Durán, boliviano, trabajador dependiente, cédula de identidad N° 25.751.678-4, domiciliado en calle Marcos Maturana N° 3383, comuna de Calama, en contra del Departamento de Extranjería y Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, con domicilio en calle San Antonio N° 580, piso 6, Santiago y en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, domiciliada en Av. Gral. Mackenna N° 1370, Santiago, solicitando que se ordene a la primera recurrida enmendar la decisión de modificar el status migratorio del actor, mantener el de “extranjero con visa temporaria”, no afectar su proceso de solicitud de permanencia definitiva, y –a la segunda recurrida- hacer devolución de su cédula de identidad indebidamente retenida; y, además, adoptar todas las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del Derecho. Informan las recurridas, solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se fundamenta en que el actor se encuentra en Chile con visa temporaria y solicitó la permanencia definitiva el 10 de junio de 2020. En el mes de agosto de 2021, haciendo uso de su feriado legal, visitó diversas ciudades del norte del país, y el día 17 de agosto de 2021, cuando estaba en el terminal de buses de Tocopilla, con destino a Calama, donde reside y trabaja, fue fiscalizado por personal de la SEREMI de Salud, quienes le atribuyeron venir con otro grupo de extranjeros que estaba en el lugar y haber ingresado por paso no habilitado, cuestión que él les negó, exhibiendo su documentación, no obstante, personal de la SEREMI insistieron, le tomaron una fotografía a su cédula y le dijeron que debía ir a la PDI a solucionar el problema, lo que hizo ese mismo día. En dependencias de la PDI sufrió presiones para que se autodenunciara por ingreso y salida por paso no habilitado e, incluso, le fue retenida su cédula de identidad. El día 20 de agosto de 2021, para no tener problemas, ante la presión que sufrió y con el fin de recuperar su cédula de identidad, se autodenunció; todo lo anterior por la indebida e ilegal presión de parte de la autoridad y el hecho de haberle sido retenida su documentación identificatoria. Como consecuencia de ello, se le impide una serie de actuaciones en el país al carecer de documentación, se afecta su calidad migratoria y el proceso de solicitud de permanencia definitiva, ante la mutación que efectuó la autoridad administrativa en el estado de tramitación de la petición, lo que implica una afectación a sus Derechos Fundamentales de Igualdad ante la Ley, Libertad de Trabajo y Derecho a Propiedad. Pide que se acoja el recurso de protección, se enmiende la decisión de la autoridad de mutar su estado migratorio, manteniendo el de “extranjero con visa temporaria” y no se afecte el proceso de solicitud de permanencia definitiva; además, que se ordene a la PDI hacer devolución de la Cédula de Identidad; y que se condene en costas a las recurridas. SEGUNDO: Que informa la PDI, quien indica que el actor no registra orden de expulsión, aprehensión, arresto o arraigo vigentes. Señala que fue fiscalizado el 17 de agosto de 2021, por personal de la PDI y en el terminal de buses de Tocopilla, donde manifestó que había hecho ingreso irregular al territorio nacional, producto de haber viajado a Bolivia a ver a su hija, vulnerando para su ingreso el control fronterizo, por lo que se procedió a denunciar a la autoridad administrativa, pero en ningún momento se le retuvo su cédula de identidad. Indica que el actuar de la institución se apegó a la legislación vigente, siendo que la versión del actor no se condice con los antecedentes que se adjuntan; que –por lo demás- es extemporánea, dada la fecha en que se produjeron los eventos; y, en ningún caso el accionar de la PDI ha afectado en forma ilegal o arbitraria los Derechos Fundamentales que se alegan conculcados. TERCERO: Que informa por el
Fallo
Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por la abogada Andrea Cecilia Quiñones Castro en favor de Efraín Mamani Durán en contra del otrora Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, cuya continuación legal está en manos del Servicio Nacional de Migraciones, y en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese y comuníquese. ROL 486 – 2022 (PROTECCION)
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JFM/pdc Antofagasta, a uno de abril de dos mil veintidós. VISTOS: La comparecencia de Andrea Cecilia Quiñones Castro, abogada, quien deduce recurso de protección en favor de Efraín Mamani Durán, boliviano, trabajador dependiente, cédula de identidad N° 25.751.678-4, domiciliado en calle Marcos Maturana N° 3383, comuna de Calama, en contra del Departamento de Extranjería y Migraciones del Minister
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