TAPIA/MUÑOZ
Rol
Fecha
4 de abril de 2022
Materia
REIVINDICACIÓN
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación debe contener además de los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya, las peticiones concretas que se formulan al tribunal de segunda instancia. 2°) Que la apelación deducida por la parte demandada carece de peticiones concretas, resultando insuficiente la solicitud de "enmiende conforme a derecho la sentencia de primera instancia", por lo que la apelación no será admitida a tramitación. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandada con fecha ocho de marzo pasado, en contra de la resolución dictada con fecha dos de marzo de dos mil veintidós. Comuníquese. N°Civil-3997-2022.(cuaderno de excepciones dilatorias).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de abril de dos mil veintidós. Al folio 3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°) Que de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación debe contener además de los fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya, las peticiones concretas que se formulan al tribunal de segunda in
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