A.F.P. CAPITAL S.A. CON LAVANOR S.A
Rol
Fecha
31 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ORDENA COMPLEMENTAR SENTENCIA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se desprende que en la sentencia definitiva el juez a quo no determinó la suma total que debe ordenarse para el pago en la misma resolución, lo que constituye un presupuesto esencial para los efectos del pronunciamiento de la apelación y justifica desestimar el recurso de hecho planteado. En tales circunstancias pudiendo por vía de apelación ordenar al juez de la causa que complete la sentencia para evitar una invalidación, según expresamente se dispone en el inciso final de los artículos 775 y 768 del Código de Procedimiento Civil, deberá devolverse los antecedentes con el objeto de que el juez a quo complete la sentencia y permita así dar cumplimiento al apelante si lo hubiere de la sustanciación del recurso, razón por la cual la devolución será completa sin que sea posible suspender el fallo de este recurso. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se omite un pronunciamiento sobre el agravio contenido en la apelación de la sentencia definitiva y, en su lugar, se declara que el juez a quo deberá completar la sentencia dando estricto cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de la 17.322, debiendo continuar con la sustanciación para los efectos de la eventual apelación con el cumplimiento de los presupuestos exigidos en las disposiciones citadas. Agréguese copia de esta resolución en la causa Rol 119-2022 (Laboral) sobre recurso de hecho. Regístrese y comuníquese. Rol 108-2022 (LAB)
Fallo
fallo de este recurso. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se omite un pronunciamiento sobre el agravio contenido en la apelación de la sentencia definitiva y, en su lugar, se declara que el juez a quo deberá completar la sentencia dando estricto cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de la 17.322, debiendo continuar con la sustanciación para los efectos de la eventual apelación con el cumplimiento de los presupuestos exigidos en las disposiciones citadas. Agréguese copia de esta resolución en la causa Rol 119-2022 (Laboral) sobre recurso de hecho. Regístrese y comuníquese. Rol 108-2022 (LAB)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a treinta y uno de marzo de dos mil veintidós. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se desprende que en la sentencia definitiva el juez a quo no determinó la suma total que debe ordenarse para el pago en la misma resolución, lo que constituye un presupuesto esencial para los efectos del pronunciamiento de la apelación y justifica desestimar el recurso de hech
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