SIN INFORMACION

JEISON RICO MEDINA / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA DE CHILE

Rol

Fecha

31 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 13 de diciembre de 2021 comparecen los abogados Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, quienes interponen acción constitucional de protección en favor de Jeison Daniel Rico Medina, todos domiciliados para estos efectos en Rafael Calderón 715, comuna Talagante, en contra del Departamento de Extranjería y Migraciones dependiente del Ministerio del interior y Seguridad Pública de Chile, representado legalmente por don Álvaro Bellolio Avaria, ingeniero civil industrial, ambos con domicilio en calle Matucana N°1223, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba su ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto su solicitud de permanencia definitiva. Explican que el recurrente encontrándose dentro del país. cambia su condición migratoria a residente temporario por visa otorgado, y solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva, sin embargo, se le requirió acompañar nuevos documentos dentro de quinto día de notificado, cuestión que no pudo cumplir dado el exiguo plazo otorgado, debiendo pagar una multa al respecto. Razón por lo cual, luego de haber reunido toda la documentación requerida el día 09 de junio de 2021 solicita nuevamente el beneficio migratorio de permanencia definitiva. Señalan que se encuentran dentro de plazo para recurrir de protección, ya que la omisión de pronunciamiento, objeto del recurso, reviste el carácter de permanente. Asimismo, sostienen que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud -6 meses y 4 días a la fecha- sin dar respuesta alguna, constituye una ilegalidad ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N° 19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley c

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San Miguel, treinta y uno de marzo de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 13 de diciembre de 2021 comparecen los abogados Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, quienes interponen acción constitucional de protección en favor de Jeison Daniel Rico Medina, todos domiciliados para estos efectos en Rafael Calderón 715, comuna Talagante, en contra

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