VELIZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
31 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA SIN COSTAS
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que el 21 de enero de 2022 comparece el abogado Gabriel Halpern Mager, en representación de Roberth Ignacio Véliz Suárez, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad número 25.972.401-5, número de pasaporte 143966669, ambos domiciliados para estos efectos en la comuna de Talca, calle 2 Sur N° 988, Séptima Región del Maule , quien interpone recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por Álvaro Bellolio Avaria, ambos con domicilio en calle Matucana 1223 de la ciudad de Santiago, por la omisión arbitraria e ilegal de pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, planteada el 25 de enero de 2021, amenazando el derecho fundamental de la parte recurrente a la igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República. Hace presente que posterior a la presentación de la solicitud, no ha recibido ningún tipo de notificación por parte de las recurridas ni menos resolución de lo impetrado, aduciendo que el recurrente cumple con todos los requisitos para obtener el visado en cuestión, motivo por el cual se ha decidido interponer este recurso de protección en su favor. Reitera que no obstante el largo tiempo transcurrido –más de un año desde la solicitud origina, al día de hoy la Permanencia Definitiva no ha sido concedida. Es más, de acuerdo a la página web de las recurridas, su trámite presenta solamente un 48% de avance. En virtud de lo anterior, la parte recurrente no cuenta con un visado vigente que le permita desarrollar su vida como constitucionalmente tiene derecho, siendo que han transcurrido largamente los plazos legales en los que debió haberlo obtenido. Concluye solicitando que se tenga por interpuesto recursos de protección en contra de la entidad pública mencionada, a fin de que esta Corte de Apelaciones, acogiéndolo, y, previo oír a las partes, se sirva acogerlo en todas partes, declarando y resolviendo que las recurridas han incurrido en una omisión ilegal y arbitraria respecto de la parte recurrente, en forma constante y al menos hasta el día de interposición del presente recurso, al no pronunciarse ni otorgar la permanencia definitiva, lo que ha conculcado o amenazado infringir su derecho fundamental de igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República. Pretende que se ordene a las recurridas pronunciarse inmediatamente respecto la solicitud de permanencia definitiva de la parte recurrente; otorgándola y disponiendo toda otra medida que se estime pertinente para reestablecer el imperio del derecho y que se condene en costas a las recurridas. Segundo: Que el 04 de febrero de 2022 la abogada Carolina Fernandoy Catalán, en representación del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, informando al tenor del recurso deducido en autos, expuso que la solicitud
Fallo
fallo del recurso de que se trata, SE ACOGE el recurso de protección deducido por Gabriel Halpern Mager, en representación de Roberth Ignacio Véliz Suárez, en contra del Departamento de Extranjería y Migración, sólo en cuanto se ordena al Departamento de Extranjería y Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, pronunciarse –dentro de sesenta días corridos– de ejecutoriada esta sentencia, sobre la petición de visa definitiva formulada por la recurrente, sin costas. En su oportunidad, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 14° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del recurso de Protección. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 72-2022.- Protección.- Redacción del Ministro don Moisés Muñoz Concha.-
Texto Completo (Preview)
Talca, treinta y uno de marzo de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Que el 21 de enero de 2022 comparece el abogado Gabriel Halpern Mager, en representación de Roberth Ignacio Véliz Suárez, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad número 25.972.401-5, número de pasaporte 143966669, ambos domiciliados para estos efectos en la comuna de Talca, calle 2 Sur N° 988, Séptima Regió
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