MAYOR/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
Rol
Fecha
30 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: 1°.- Que comparecen los abogados don Pablo Daniel Peñaloza Parra y don Joaquín Andrés Contreras Roa, por sí y a favor de Risel Lourdes Mayor Igarza, cédula de identidad para extranjeros 26.232.407-9, de nacionalidad cubana, domiciliada en Carrera N° 293, Chillán, interponiendo acción de protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Álvaro Bellolio Avaria, por la omisión ilegal y arbitraria en pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, solicitada con fecha 19 de junio de 2020, por afectar dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de Ley 19.880. Para fundar su acción refieren que su representada estando dentro del país cambió su condición migratoria a residente temporario. En ese sentido, con fecha 19 de junio de 2020, solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva. Posteriormente, la recurrente es notificada con fecha 21 de octubre de 2021 que debía complementar los documentos correspondientes a su solicitud, como lo son el certificado de antecedentes penales de su país de origen debidamente legalizado y apostillado, y copia de la hoja de identificación de su pasaporte vigente, otorgándole un plazo de 30 días hábiles, por lo que con fecha 28 de octubre de 2021 remitió la información solicitada por correo certificado, cumpliendo con el plazo otorgado. De igual forma, con fecha 09 de febrero de 2022, la recurrente remitió por correos de Chile el certificado de antecedentes penales de su país de origen debidamente legalizado y apostillado, así como copia certificada de la hoja de identificación de su pasaporte vigente, ambos documentos en formato original. Además, con fecha 30 de septiembre de 2021 la recurrente pagó los derechos para el ot
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Pablo Daniel Peñaloza Parra y don Joaquín Andrés Contreras Roa, por sí y a favor de Risel Lourdes Mayor Igarza, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, regístrese y, hecho, archívese. Redacción a cargo de la Ministra señora Érica Pezoa Gallegos. Rol N°158-2022 PROTECCIÓN.
Texto Completo (Preview)
Chillán, treinta de marzo de dos mil veintidós. Visto: 1°.- Que comparecen los abogados don Pablo Daniel Peñaloza Parra y don Joaquín Andrés Contreras Roa, por sí y a favor de Risel Lourdes Mayor Igarza, cédula de identidad para extranjeros 26.232.407-9, de nacionalidad cubana, domiciliada en Carrera N° 293, Chillán, interponiendo acción de protección de garantías constitucionales en contra del D
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