SIN INFORMACION

SANDOVAL TORRES JUAN SIMPLICIO/SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION - 1° Y 2° FISCALIA MILITAR DE SANTIAGO - 2° Y 3° JUZGADO MILITAR DE CONCEPCIÓN

Rol

Fecha

30 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Simón Sobarzo Castillo, abogado, en favor de don Juan Simplicio Sandoval Torres, cédula nacional de identidad Nº 5.179.976-3, deduce de Acción de Amparo Constitucional, en contra el Director Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación, toda vez que se rechazó su solicitud de pasaporte, con lo que se vulnera la igualdad ante la ley y su derecho a la libertad personal, consagrados respectivamente en el art. 19 Nº 2 y N°7 letra a) de la Constitución Política de la República de Chile, además de vulnerar la Ley N° 19.962. Funda su acción en que el amparado es un ex prisionero político de la dictadura militar en Chile, siendo así calificado por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura. Explica en síntesis, que fue detenido por la CNI con fecha 16 de abril de 1981 en Talcahuano, siendo trasladado el 26 de abril del mismo año a la Cárcel Pública de Concepción, lugar donde permaneció recluido hasta el 23 de agosto de 1989. Dice que programó un viaje a Cuba para el miércoles 19 de mayo de 2022, sin embargo, el 16 de febrero del año en curso, la recurrida le notificó que su pasaporte no se encontraba autorizado, informándosele que debía solicitar el visto bueno al Archivo Nacional, con motivo de la falta de inscripción en el registro de PDI; debiendo enviarse sentencia definitiva ejecutoriada de causa 379 de 1º Fiscalía Militar 2 de Santiago. Añade que se le indicó que si la resolución fuere condenatoria, se debía adjuntar el cumplimiento de condena de Gendarmería de Chile. A falta de todo lo anterior, se le pedía presentar autorización para salir del país, indicando fecha de salida, destino y lapso; o autorización para renovar pasaporte. Al respecto, indica que su Certificado de Antecedentes registra una anotación en causa Nº 379/1981 de la 1º Fiscalía Militar, 2º Juzgado Militar de Santiago, declarado reo con fecha 8 de mayo de 1981, por infracción al artículo 8º de la Ley Nº 17.798, el que i

Fallo

Por lo expuesto, no verificándose la conculcación ilegal ni arbitraria de la libertad ambulatoria del amparado, y visto lo dispuesto por los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Juan Simplicio Sandoval Torres. Sin perjuicio de lo resuelto se ordena que el Tercer Juzgado Militar de Valdivia, continuador legal del Juzgado Militar de Concepción, remita con el carácter de urgente, en el término de cinco días, al Servicio de Registro Civil e Identificación, los antecedentes necesarios para la eliminación de la anotación prontuarial que registra el recurrente Sandoval Torres, en la causa Rol N° 379-1981, por habérsele asignado el Rol N° 332-1981, al tenor de lo dispuesto en el artículo 2° en relación con el artículo 1° de la Ley N° 19.962; y consecuentemente, una vez cumplido lo anterior, dar tramitación a la solicitud de pasaporte del amparado, en un plazo que le permita, salir del territorio nacional el día 19 de mayo de 2022. Se encomienda a la Sra. Secretaria de esta Iltma Corte, supervigilar el oportuno cumplimiento de lo ordenado precedentemente. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-756-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta de marzo de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Simón Sobarzo Castillo, abogado, en favor de don Juan Simplicio Sandoval Torres, cédula nacional de identidad Nº 5.179.976-3, deduce de Acción de Amparo Constitucional, en contra el Director Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación, toda vez que se rechazó su so

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica