ANGEL RENDILES MONTES / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA DE CHILE
Rol
Fecha
30 de marzo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente Primero: Que con fecha 28 de enero de 2022 comparecen los abogados Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, quienes interponen acción constitucional de protección en favor de Angel Alkenis Rendiles Montes, de nacionalidad venezolana, todos domiciliados para estos efectos en Cuarta Avenida N°1175, comuna de San Miguel, en contra del Departamento de Extranjería y Migraciones dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representada legalmente por Álvaro Belollio Avaria, ingeniero civil industrial, ambos con domicilio en calle Matucana N°1223, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba su ejercicio del derecho de igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto de solicitud de permanencia definitiva. Explican que previo al vencimiento de su visa como residente temporario, solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva. Señalan que se encuentra dentro de plazo para recurrir de protección, ya que la omisión de pronunciamiento, objeto del recurso, reviste el carácter de permanente. Asimismo, sostienen que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud -1 año 3 meses y 11 días- sin dar respuesta alguna, constituye una ilegibilidad, ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 8 y 27 de la Ley N°19.980 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Piden, que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer imperio del derecho. Segundo: Que informa al tenor del recurso la abogado del Departamento de Extranjería y Migraciones dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Angel Alkenis Rendiles Montes en contra del Departamento de Extranjería y Migración, y se ordena a la recurrida en el plazo de sesenta días emitir un pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. N°183-2022 Protección Pronunciado por la Primera Sala integrada por los ministros señor Roberto Contreras Olivares, señor Patricio Martínez Benavides y el abogado integrante señor Adelio Misseroni Raddatz.
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunció y alegó el abogado don Pablo Peñaloza Parra y que la vista de la causa se inició a las 10:53 horas y finalizó a las 10:57 horas. En San Miguel, a 30 de marzo de 2022, M. Florencia Sáez Bugmann, relatora San Miguel, treinta de marzo de dos mil veintidós. Al escrito folio 16164: téngase presente. Vistos y teniendo presente Primero: Que con fecha 28 de enero de 2022 compare
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