MP.C/ HENRY GIOVANNY CUELLAR VEGA Y VÍCTOR ANTONIO LASTRA MARGUIROTT. QTES: CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO, INSTITUTO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS, KEVIN ALAN ACUÑA SERRANO Y PAOLA ANDREA MARTÍNEZ PEÑA.
Rol
Fecha
30 de marzo de 2022
Materia
TORMENTOS A DETENIDOS POR EMPLEADO PÚBLICO.ART.150 A.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Oídos los intervinientes y teniendo presente que en el actual estadio procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y apareciendo que no han variado las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva de los imputados Henry Giovanny Cuellar Vega y Víctor Antonio Lastra Marguirott, en relación con el delito por el cual se ha formalizado investigación y su eventual participación en el mismo. Además, en cuanto a la letra c) del mismo artículo, esta Corte estima que sus libertades constituyen un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza y gravedad de la pena asignada al ilícito materia de la formalización y circunstancias de su comisión. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintiuno de marzo de marzo del año en curso, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Henry Giovanny Cuellar Vega y Víctor Antonio Lastra Marguirott. Devuélvase. N° 820-2022-Penal. Pronunciada por la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de San Miguel integrada con los Ministros Sra. M. Carolina Catepillán Lobos, Sr. Luis Sepúlveda Coronado y Sra. Celia Catalán Romero.
Texto Completo (Preview)
Fecha: treinta de marzo de dos mil veintidós. Sala: Segunda. Rol Corte: 820-2022. Ruc: 1910053761-6. Rit: 12603-2019. Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo. Fiscal: Gamal Massú. Defensor: Pedro Núñez Cerda. Querellante INDH: Pablo Utreras Miranda. Consejo Defensa del Estado: Diana Zapata. Querellante: Hiram Villagra. Hora inicio: 09:48. Hora término: 10:24. Tipo de Recurso: Apelaci
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